La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial ha desestimado el recurso de alzada interpuesto por el jefe de la Policía Local de O Porriño (Pontevedra) contra el acuerdo de la Junta General de Jueces de esa localidad, que recuerda a los cuerpos de Policía Local del partido judicial, la obligación de comunicar y remitir copia de los atestados por delitos al cuerpo de la Guarida Civil, tras la práctica de las primeras diligencias de prevención.
El Acuerdo de la Junta General de Jueces de O Porriño es de fecha 9 de enero de 2.024, y en él se acuerda “recordar a los Cuerpos de Policía Local del partido judicial de O Porriño la obligación de comunicar y remitir los atestados” –después se concretó en la copia de los mismos- al Cuerpo de la Guardia Civil.
El fundamento legal se circunscribe en lo establecido en el artículo 53.2 de la Ley Orgánica 2/1986 de Cuerpos y Fuerzas de Seguridad, donde se indica expresamente que las actuaciones que practiquen los Cuerpos de Policía Local en determinadas funciones deberán ser “comunicadas” a los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado competentes (en esa demarcación es la Guardia Civil).
El jefe de la Policía Local ejerció su derecho de recurso de alzada al órgano superior, como cualquier otro ciudadano o funcionario público, y su pretensión no fue estimada, ratificándose entonces los Acuerdos de la Junta de Jueces que obligan a remitir copia de los atestados por delitos al cuerpo de la Guardia Civil tras la práctica de las primeras diligencias. El jefe de la Policía Local de Porriño ha manifestado a SeguCITY Digital que consideraba oportuno determinar el alcance de la expresión “comunicadas” en ese contexto normativo, y por ello planteó el recurso.
Aun así, nos ha informado, asumió el acuerdo desde el primer momento remitiendo la copia de los atestados a la Guardia Civil, y lo seguirá haciendo sin problema pues considera que la cooperación recíproca, la coordinación y la colaboración, son principios básicos a los que se ajustarán los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y mejoran la eficiencia policial y el ejercicio de la jurisdicción.
El jefe de la Policía Local nos ha hecho hincapié en que la Policía Local de O Porriño sigue prestando todos los servicios que demanda la vecindad y promoviendo la persecución de los delitos de los que tenga noticia o de sus responsables, “que también es obligación legal (según el artículo 408 del Código Penal), colaborando con los cuerpos de seguridad que estén dentro de su ámbito territorial”.
Y como reflexión final, al respecto de un posible conflicto corporativo entre la Policía Local de O Porriño y la Guardia Civil, el jefe de la Policía Local nos apunta que no existe ningún problema entre cuerpos, “pues el fin último de todos es el mismo, prestar el mejor servicio a los ciudadanos y ciudadanas, a quienes procurarán auxiliar y proteger siempre que las circunstancias lo aconsejen, y este fin común estará siempre por encima de los personalismos de cualquiera de sus miembros”.