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El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía condena al Ayuntamiento de Almería por su inactividad contra los ruidos que padecen los vecinos

Terrazas atestadas en el casco histórico de Almería
Legislación y Tribunales
La Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha emitido un fallo que condena al Ayuntamiento de Almería por su «inactividad» en la gestión de los ruidos generados por la actividad hostelera y otros servicios en algunas calles del casco histórico. Esta decisión judicial, que se produjo el pasado mes de junio, se ha puesto de actualidad al darla a conocer en el último Pleno municipal, el concejal socialista Raúl Enríquez.

Dicho concejal destacó la «total permisividad» del Ayuntamiento frente a una problemática que afecta directamente a la calidad de vida de los residentes en una «zona acústicamente saturada». A pesar de contar con un plan municipal destinado a regular estas actividades, el edil subrayó que este no se está cumpliendo, lo que ha llevado a una acumulación de quejas sin respuesta por parte del consistorio.

El fallo del TSJA responde a una apelación presentada por varios vecinos que denunciaron el silencio administrativo del Ayuntamiento ante sus demandas sobre los ruidos y molestias ocasionadas por restaurantes, bares y terrazas en el centro histórico. La sentencia considera que esta inacción ha vulnerado derechos fundamentales recogidos en tres artículos de la Constitución Española. En consecuencia, el tribunal ha ordenado al Ayuntamiento adoptar todas las medidas legales necesarias para garantizar que los niveles sonoros no superen los límites establecidos, exigiendo un «cese definitivo de las inmisiones ruidosas» en las viviendas afectadas.

Los magistrados concluyeron que los ruidos padecidos por los vecinos son «insoportables y perfectamente evitables» si se implementaran las medidas adecuadas. Sin embargo, señalaron una «insuficiente actuación municipal» destinada a mitigar estas molestias. La sentencia también resalta que las viviendas afectadas están ubicadas en una zona donde los ruidos ambientales ya superan los umbrales permitidos y critica la existencia continua de más establecimientos hosteleros y terrazas de las que corresponden para ese espacio.

Además, dos informes elaborados por especialistas en materia acústica corroboran que «los ruidos en el interior de la vivienda superan los niveles exigibles». Uno de estos informes fue realizado por técnicos municipales y evidenció que incluso con solo dos terrazas operativas durante las mediciones, se superaban los límites permitidos.

El TSJA enfatiza que la falta de acción por parte del Ayuntamiento representa una dejación de su deber como garante de derechos fundamentales. Esta omisión ha llevado a los vecinos a sufrir una exposición prolongada a ruidos intensos, poniendo en grave peligro su salud e integridad física y moral.

En respuesta al fallo judicial, el equipo de gobierno del Ayuntamiento ha manifestado su intención de recurrir ante el Tribunal Supremo, argumentando que la sentencia inicial les fue favorable.

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