El Defensor del Pueblo de Navarra ha emitido la resolución Q25/1112, en la que recomienda al Ayuntamiento de Pamplona/Iruña verificar el alcance de una cámara de seguridad ubicada en la fachada de un edificio. Esta recomendación surge tras la queja de una vecina, quien denunció que el dispositivo está captando imágenes del interior de su vivienda.
Según el informe, la vecina presentó una reclamación el 22 de agosto. Considera que la cámara, instalada por la Policía Municipal, vulnera su derecho a la intimidad y a la privacidad en el domicilio. De hecho, la afectada asegura que comprobó personalmente en la comisaría de la calle Cuesta de la Reina que la cámara grababa el interior de su casa.
El Ayuntamiento de Pamplona respondió afirmando que la instalación cumple con la normativa vigente en materia de videovigilancia y protección de datos. La finalidad de la cámara es garantizar la seguridad ciudadana, actuando bajo los principios de proporcionalidad y minimización. Además, el Consistorio señaló que, en más de 25 años de funcionamiento del sistema de videovigilancia municipal, no consta ninguna incidencia ni filtración de imágenes.
Recomendaciones y advertencias del Defensor del Pueblo
El Defensor del Pueblo, Patxi Vera, subraya en su resolución que la ley prohíbe expresamente captar imágenes del interior de las viviendas, salvo consentimiento del titular o autorización judicial. Por ello, insta al Ayuntamiento a comprobar el campo de visión de la cámara y, en caso de confirmarse que la cámara alcanza zonas privadas, adoptar las medidas necesarias para minimizar la afección al derecho fundamental a la protección de datos personales.
Entre las medidas sugeridas, se incluyen opciones técnicas como el ajuste de la orientación de la cámara o el enmascaramiento de las áreas privadas que puedan ser captadas accidentalmente. Asimismo, el Ararteko recuerda que el Ayuntamiento dispone de un plazo máximo de dos meses para comunicar si acepta la recomendación y qué actuaciones prevé realizar. Si no se acepta, el asunto podría incluirse en el informe anual que el Defensor del Pueblo presenta al Parlamento de Navarra, mencionando expresamente al Ayuntamiento de Pamplona.
La resolución insiste en la necesidad de equilibrar la seguridad ciudadana con la protección de la intimidad, recordando que la videovigilancia en espacios públicos debe regirse siempre por los principios de proporcionalidad, idoneidad y mínima intervención.
















