En la capital cordobesa, el denominado Polígono Industrial de Chinales es conocido por radicarse en él numerosos locales de celebración de fiestas nocturnas. En la noche del pasado día 31 de octubre, la Policía Local fue alertada de que en la puerta de uno de estos locales había una alteración del orden consistente en que un numeroso grupo de jóvenes protestaba a las puertas del local.
A la zona se desplazaron varias dotaciones de Policía Local y Nacional, quiénes, tras unas primeras averiguaciones, pudieron conocer que los jóvenes protestaban porque a pesar de disponer de localidades para acceder al local, se les negaba el acceso.
Conocida la causa del conflicto originado, y tranquilizados los jóvenes tras la presencia policial; un servicio de la Policía Local especializado se hizo cargo de la situación pasando a investigar lo sucedido.
Tras las primeras averiguaciones y tras entrevistarse con los responsables del establecimiento, se pudo conocer que, por causas que los titulares del local no podían precisar, se habían vendido un número de localidades muy superior a la capacidad de aforo del local; motivo por el que los responsables de éste procedieron a no permitir el acceso de más personas una vez llegado al límite de ocupación del establecimiento.
Tras las comprobaciones pertinentes, los policías locales pudieron constatar que en aquellos momentos la ocupación del establecimiento no rebasaba los límites de aforo permitidos, por lo que se permitió la normal continuación de la fiesta que se estaba celebrando.
Puestos en comunicación con las numerosas personas que se encontraban en el exterior del local, se le explicaron las razones por las que no se les permitía el acceso al mismo, y se les invitó a que, llevando las entradas que tuviesen, que se personasen en las dependencias de la Policía Local para formalizar la reclamación correspondiente.
En Policía Local se procedió a abrir expediente administrativo para determinar las causas y mecanismos de la puesta a la venta de un número de localidades superior a la del aforo máximo permitido del local; y la exigencia en su caso de las responsabilidades que procedan.
















