Publicidad

El Ayuntamiento de Alfaro, obligado a readmitir al exjefe de la Policía Local

Ayuntamiento de Alfaro
Legislación y Tribunales

Un juzgado de lo Contencioso Administrativo de Logroño ha estimado la medida cautelar solicitada por Ernesto Melero, destituido el 12 de abril como jefe de la Policía Local de Alfaro «por pérdida de confianza en su trabajo en el día a día», tal y como argumentó entonces la alcaldesa Yolanda Preciado. A raíz de estimar la medida cautelar solicitada y suspender el cese, el juez ordena la inmediata incorporación de Ernesto Melero como subinspector y jefe de la Policía Local.

El cese de Melero se produjo el pasado 12 de abril a través de una resolución de alcaldía firmada por Preciado y se hizo efectiva ese mismo día. Una semana después, amparado en la Ley de Coordinación de Policías Locales de La Rioja, el Ayuntamiento nombró como jefa de la Policía Local accidental a Yolanda Llorente, funcionaria de carrera, agente del Cuerpo y que se convertía así en la primera mujer en ostentar el cargo.

Ernesto Melero ocupó el puesto de jefe de la Policía Local el 8 de febrero de 2021 a través de un concurso de méritos basado en baremos regionales, tras la jubilación del anterior jefe de la Policía Local, Teodoro López Basterra.

En desacuerdo con la decisión de la alcaldesa sobre su cese, Melero presentó en junio un recurso contencioso administrativo para defender sus intereses. Entre sus argumentos figuraba que el Gobierno Municipal no le había otorgado el preceptivo trámite de alegaciones, ni de audiencia, para que pudiera pronunciarse o formular las alegaciones que estimase pertinentes conforme a derecho.

Tras estudiar el caso, el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Logroño dictó con fecha 8 de julio el auto en el que acuerda estimar la medida cautelar solicitada, suspende el cese de Melero Sola y ordena su inmediata incorporación en ambos cargos.

Ante este auto judicial, el Ayuntamiento puede presentar recurso en un plazo de quince días. Pese a esa opción, la medida cautelar es de obligado cumplimiento a la espera del juicio y de la sentencia definitiva. Además, el auto judicial considera que las actuaciones municipales en relación al cese del jefe de la Policía Local afectaban al prestigio y crédito profesional del recurrente.

 

Comparte la noticia:

Publicidad




No te pierdas ninguna noticia de SeguCITY. Suscríbete a nuestro canal de Whatsapp.
Otras noticias de Legislación y Tribunales
Publicidad




Publicidad




LO MÁS LEÍDO DE LA SEMANA