La Dirección General de Aviación Civil y la FEMP publican la “Guía para las Entidades Locales sobre la utilización de UAS” (drones)

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DSC 0830Fernando Fernández Fernández es presidente de Aeporse y secretario de Aeronáutica Policial de Unijepol

El pasado verano, Segucity Digital publicó un artículo en el que se explicaba la situación de conflicto existente entre aquellos ayuntamientos que se decidieron a regular reglamentariamente el uso de UAS por sus Policías Locales y la dirección General de Aviación Civil (puedes leer dicho artículo a través de este enlace: Lo dejamos claro: No es necesario ningún reglamento municipal para poner en marcha una Unidad Aeronáutica en la Policía Local | SeguCITY Digital). Dichos conflictos competenciales han impulsado un análisis exhaustivo por parte de la Unidad de Apoyo de la Dirección General de Aviación Civil del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, con el fin de aportar soluciones. Unijepol-Aeporse ha colaborado activamente con el Ministerio, como asesores de la Federación Española de Municipios, aportando información relativa a los casos en los que existían dichos conflictos. Esta es la razón y la génesis de esta Guia.

La Guía es una herramienta indispensable y aclaratoria para los ayuntamientos sobre el uso de UAS por sus servicios municipales. En colaboración, todos los actores implicados han elaborado este documento, que aporta indispensables aclaraciones sobre las confusiones y dudas hasta ahora existentes y que, incluso, se anticipa a otros que próximamente se van a generar.

Así, la Dirección General de Aviación Civil, ha aprovechado esta guía y la colaboración de la FEMP y de Unijepol-Aeporse para ahondar en aquellos aspectos sobre las Zonas Geográficas de UAS establecidas por el nuevo Real Decreto y que, por su carácter principalmente urbano, considera necesario aclarar a los municipios para conseguir una aplicación ordenada de las mismas.

Por último, la guía también incide en una cuestión que diversos organismos públicos, las FCSE e incluso alguna Delegación del Gobierno malinterpretaban. La Guía deja clara la capacidad de los Cuerpos de Policía Local, en el ejercicio de sus funciones, para trasladar denuncias relativas al uso civil de UAS directamente a la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, sin estar supeditadas a ningún otro cuerpo o fuerza de seguridad.

Aunque ya estaba claro que el único órgano competente para instruir expedientes sancionadores en materia aeronáutica es la AESA, los equipos de las Unidades de Seguridad Aeronáutica de la Policía Nacional o de los Equipos Pegaso de la Guardia Civil, así como alguna Delegación del Gobierno, afirmaban que las Policías Locales tenían que informarles a ellos, tanto de sus propios vuelos como Operadores NO EASA, como de aquellas infracciones en materia de UAS que los agentes locales observaran, para que fuesen ellos los que realizaran la comunicación de infracciones a la AESA.

Ahora se aclara que la comunicación a AESA la puede hacer -a través de la Sede Electrónica y el buzón dedicado a tal fin- CUALQUIERA de los Cuerpos Policiales españoles independientemente de su ámbito competencial local, autonómico o estatal.

Para finalizar, la Guía aporta información de interés y puntos de contacto para la resolución de dudas.

Puedes acceder al contenido íntegro de la guía pulsando sobre este enlace.

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