Régimen disciplinario: El gran punto débil de muchas plantillas

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Opinión
David Gutiérrez Sánchez.
Un agente que comete un error, un jefe de Policía Local que inicia unas actuaciones disciplinarias con prisas, sin solidez jurídica, presionado por todos…; y finalmente, si el expediente no es archivado previamente por falta de pruebas, tras la sanción, el juez lo anula por defectos formales. Esto sucede en demasiadas ocasiones…

El régimen disciplinario no es únicamente un mecanismo de sanción; se trata de una herramienta de mejora de la calidad del servicio policial. Gestionado de forma objetiva, imparcial, y con el adecuado soporte jurídico, supone una garantía de que la ciudadanía puede confiar en unos agentes formados y profesionales, que no solo hacen cumplir la ley, sino que ellos mismos la cumplen.

Por experiencia propia como instructor de expedientes disciplinarios, he podido observar a lo largo de los años cómo son dos los principales errores que se cometen al abordar estos asuntos. Pero junto a ellos, hay una cuestión clave que a menudo se olvida: que el instructor tenga la formación adecuada.

Dos errores clásicos que evitar.

La sanción disciplinaria -no lo olvidemos- es la impuesta de manera interna, por los mandos del Cuerpo, hacia sus subordinados. Este hecho hace que la objetividad y la imparcialidad sean tan necesarias como difíciles de conseguir: a menudo el contacto diario, sobre todo en plantillas pequeñas, genera amistades y enemistades previas entre el expedientado y quien es llamado a instruir el expediente.

Si lo anterior no ha podido evitarse (mediante la encomienda de gestión, por ejemplo) habrá que redoblar esfuerzos por proteger al expedientado. Sus derechos son “sagrados”; nunca, bajo ningún concepto, deberá poder alegar que ha sido privado de sus derechos: derecho a acceder al expediente, derecho de plantear la recusación, derecho de audiencia, derecho a presentar alegaciones, derecho a proponer pruebas…etcétera.

De este modo, desde la jurisdicción contenciosa-administrativa, nunca podrá darse credibilidad a la habitual alegación de indefensión formulada por el expedientado. Además, hay otro argumento brutal: si a diario protegemos los derechos de la ciudadanía ¿cómo no proteger los derechos de nuestros propios compañeros cuando se ven envueltos en una situación tan desagradable como es un expediente disciplinario?

Falta de pruebas.

Algo que aprende uno al instante desde el momento en que empieza en esta profesión es que no basta con conocer los hechos, es necesario acreditarlos.

Al igual que sucede en Derecho Penal, en asuntos disciplinarios también la carga de la prueba es fundamental. Demostrar de manera sólida lo sucedido, con pruebas contundentes, es el segundo factor clave para el éxito de un expediente disciplinario. Y si no existen, el hecho, en términos jurídicos, no puede considerarse acreditado, por lo que decae la posibilidad de sanción de ningún tipo.

Cultura organizacional y formación.

Todo lo anterior, en esencia, son cuestiones jurídicas que sin duda son eficaces, pero serían insuficientes si los mandos que instruirán los expedientes no tuvieran conciencia de calidad del servicio público y una formación concreta sobre ello.

Instruir expedientes disciplinarios es una materia a menudo olvidada por las escuelas, institutos y otros centros de formación policial de las comunidades autónomas. Y la improvisación a la hora de instruir expedientes disciplinarios genera en muchos casos inseguridad jurídica, rechazo de la plantilla, conflictos laborales y finalmente, pérdida de calidad del servicio policial.

Tras años impartiendo formación a mandos sobre régimen disciplinario he podido percibir que el alumnado suele coincidir en una idea: nadie les había enseñado realmente cómo afrontar un expediente disciplinario hasta verse obligados a instruir uno.

Y quizá ahí resida el verdadero problema. Muchas organizaciones policiales dedican enormes esfuerzos a la formación operativa, táctica o tecnológica, pero siguen afrontando el régimen disciplinario como una cuestión secundaria, cuando en realidad afecta directamente a la seguridad jurídica de los mandos, a la confianza de la plantilla y a la imagen del propio cuerpo policial.

Porque un expediente disciplinario mal instruido no perjudica únicamente al expedientado o a la Jefatura. Termina deteriorando algo mucho más importante: la credibilidad de toda la organización.

David Gutiérrez Sánchez.
Subinspector de Policía Municipal de Madrid-Asuntos Internos.

David G. S.

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