La creación de una unidad de la Guardia Urbana de Barcelona destinada a colaborar estrechamente con la Fiscalía —cinco agentes y un sargento que actuarán como policía judicial para combatir la multirreincidencia— es un avance operativo de gran calado para la seguridad local. Anunciada recientemente por las autoridades municipales y fiscales, la iniciativa busca agilizar investigaciones y fortalecer la respuesta penal frente a delincuentes que concentran múltiples detenciones y hechos delictivos.
No obstante, conviene matizar una percepción inicial difundida por algunos medios: la adscripción de unidades de Policías Locales a la Fiscalía no es la primera vez que se produce en España. Las memorias y documentación de la Fiscalía recogen la presencia y evolución de unidades adscritas vinculadas a la Policía Municipal de Madrid, especialmente en materia medioambiental y en investigación de siniestros laborales. Además, la normativa y órdenes ministeriales ya contemplaban la figura de la «Unidad Policial Adscrita a la Fiscalía». Estos antecedentes muestran que hay precedentes institucionales sobre los que se apoya la iniciativa barcelonesa.
Pero este matiz en absoluto resta importancia a lo anunciado en Barcelona: la novedad relevante radica en el ámbito de actuación (multirreincidencia y delitos contra el patrimonio con alta reiteración), la integración operativa desde dependencias fiscales y la especialización para funciones de policía judicial en un entorno urbano con elevados índices de delitos reiterados. La unidad barcelonesa está pensada para intervenir en diligencias urgentes, investigaciones pre- y postprocesales, casos de violencia de género y en inspecciones municipales vinculadas a explotación laboral o actividades ilícitas, además de facilitar la instrucción de diligencias por parte del Ministerio Fiscal.
Una Ley Orgánica cada vez más obsoleta
Que existan ya unidades de Policías Locales adscritas a fiscalías pone de manifiesto dos problemas estructurales con la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad (LOFCS) pone de manifiesto:
▪ Un marco normativo que cada vez está más distanciado de la realidad: cada día que pasa, la LOFCS no refleja con precisión las formas contemporáneas de colaboración funcional y operativa entre fiscalías y Policías Locales (ni la creciente especialización de estas últimas). Iniciativas como las de Madrid o Barcelona y otras ligadas al Convenio para la participación de las Policías Locales en las funciones de Policía Judicial (suscrito entre la FEMP y el Ministerio de Interior) se han desarrollado, en buena medida, mediante instrumentos administrativos, memorias fiscales y convenios, más que por un encaje estatutario claro en la ley orgánica.
▪ Seguridad jurídica y homogeneidad: la dispersión de soluciones locales (unidades adscritas con distintos ámbitos, modalidades y competencias) genera variabilidad territorial en competencias, procedimientos y formación. Una actualización legal debería clarificar la figura de las unidades adscritas, sus competencias como policía judicial, su régimen de coordinación con Fuerzas y Cuerpos de ámbito autonómico y estatal, y los requisitos formativos y de control.
Propuestas de las jefaturas de Policía Local
Desde hace años, la Unión Nacional de Jefes y Directivos de Policía Local (Unijepol) viene planteando la necesidad de una reforma importante de la LOFCS por la vía que ha entendido puede ser menos conflictiva: la aprobación de una Ley de Seguridad Local o de Policías Locales que actualice, clarifique y amplie las competencias de los municipios en materia de seguridad y las funciones de las Policías Locales.
En relación a la noticia que hoy nos ocupa, me atrevo a lanzar algunas propuestas en ese sentido:
- Reconocer legalmente la figura de la Unidad de Policía Local Adscrita a la Fiscalía, con un marco homogéneo para su creación, competencias y límites.
- Establecer requisitos mínimos de formación, protocolos de actuación conjunto y criterios de rendición de cuentas (para evitar duplicidades y garantizar la protección de derechos).
- Regular procedimientos y herramientas efectivos de coordinación entre Policías Locales, Autonómicas, FCSE y el Ministerio Fiscal, preservando la seguridad jurídica, así como la eficacia y la eficiencia en la actuación policial.
- Facilitar instrumentos de intercambio de información e inteligencia adaptados a la protección de datos y a la eficacia procesal.
















