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“Todos los agentes de la Policía Local de Ourense me conocen y me tienen manía”

Legislación y Tribunales
El conductor ourensano que mató a un motorista en el año 2019 suma una nueva condena, esta vez por arrollar a un agente de la Policía Local de Ourense en un control de alcoholemia, lo que prolongará su permanencia en prisión.

El reciente historial delictivo de Carlos Pérez por hechos relacionados con la conducción de vehículos a motor se remonta al año 2019. El 7 de septiembre de dicho año, cuando según la sentencia de la Audiencia Provincial de Ourense, posteriormente ratificada por el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia y por el Tribunal Supremo, mató al conductor de una motocicleta a su paso por la ciudad de Ourense.

Aquellos hechos fueron sentenciados con 12 años de prisión, 2 años por conducir un vehículo a motor sin permiso de conducción en concurso con un delito de conducción temeraria y 10 por homicidio.

Según la contrastada información policial, aún a pesar de intentar en los recursos desacreditar las diligencias de la unidad de Policía Judicial de Tráfico de la Policía Local de Ourense, en la sentencia se consideró acreditado que Carlos Pérez conducía aquel fatídico día el vehículo propiedad de su madre careciendo de permiso que lo habilitase, a una velocidad de 125 km/h en una vía limitada a 60, y que con pleno conocimiento embistió a un motorista que circulaba delante, lo arrolló y le pasó con el vehículo por encima de su cuerpo, para posteriormente continuar la marcha sin detenerse.

Esta sentencia fue una de las pioneras en el Estado español al calificar los hechos descritos como un homicidio por dolo eventual (siendo consciente de las consecuencias que se podían derivar de su conducción), y no como suele ser el caso en la mayoría de los fallecimientos en siniestros viales, como un homicidio por imprudencia.

Si bien la detención por los hechos acaecidos en 2019 conllevó el ingreso preventivo en prisión de Carlos Pérez, el covid y su historial clínico, posibilitó su libertad provisional.

Tiempo en libertad que hizo que su historial delictivo se viese incrementado, pues se produjo un nuevo incidente vial en 2020 con un repartidor de comida a domicilio, donde este resulto herido, y donde Carlos conducía un vehículo a motor con el crédito de puntos en su permiso de conducir agotado y se negó a someterse a las pruebas de detección alcohólica en la instrucción del siniestro vial realizada por la Policía Local de As Burgas.

Otros hechos relacionados con agresiones, violencia de género etc. tuvieron su fin la noche del 14 de marzo de 2022. Dicha noche, una patrulla de la Policía Local de Ourense, que estaba realizando un control de alcoholemia en las afueras del casco urbano de la ciudad, se vio sorprendida por un vehículo que se aproximaba a ellos.

Un Seat Ibiza que inicialmente, al advertir la presencia del control policial aminoró la marcha al percatarse de que el policía que realizaba la selección de vehículos le indicaba con su linterna y cono luminoso que debía de detenerse, para posteriormente embestir a este mismo agente y llevarlo unos metros sobre el capó del vehículo.

En este momento comenzó una persecución por el municipio ourensano que requirió la colaboración de la Guardia Civil, y logrando entre ambos Cuerpos localizar al vehículo y al conductor que había atentado contra los agentes municipales en las afueras de la ciudad de Ourense.

Si bien inicialmente el conductor del Seat Ibiza presentó a los actuantes un permiso de conducir de dudosa fiabilidad, por las investigaciones posteriores los agentes pudieron acreditar que tenían ante ellos a Carlos Pérez.  Este carecía de permiso que lo habilitase para conducir, y le figuraba vigente la requisitoria judicial que determinaba su ingreso en prisión, por lo que fue detenido e ingresó en prisión para cumplir la condena de 12 años por los hechos acaecidos en el año 2019.

Los hechos sucedidos la noche del 14 de marzo de 2022 fueron juzgados recientemente por videoconferencia con Carlos desde la cárcel de A Lama, en el Juzgado de lo Penal 1 de Ourense y ratificados después por la Audiencia Provincial, por lo que deberá sumar a sus condenas tres años y un día más de prisión, ya que el juzgador los ha considerado como constitutivos de un delito atentado a la autoridad.

El Tribunal no consideró que estos hechos fuesen constitutivos de una conducción temeraria, ni que Carlos hubiera actuado de esta forma por sentirse asustado al oír un fuerte golpe en su vehículo y pensar que el policía local le había disparado, ni que hubiera actuado de este modo por su gran dependencia a sustancia prohibidas, ni tampoco dio credibilidad el juzgador al penado por la animadversión que manifestó que le tiene la Policía Local de Ourense, cuando llegó a decir en sede judicial “todos los agentes de la Policía Local de Ourense me conocen y me tienen manía”.

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