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Se vuelve a abrir la causa del francotirador de Argamasilla de Calatrava, para analizar la conducta de un Policía Nacional que actuó por su cuenta

El inspector de la Policía Nacional que actuó por su cuenta y riesgo es entrevistado por sus medios
Legislación y Tribunales
La Audiencia de Ciudad Real resuelve que se investigue a un inspector de la Policía Nacional que usó un vehículo para llegar hasta las víctimas. El oficial actuó así a pesar de que varios guardias civiles «le hicieron señas para que no entrase en la zona», según se recoge en el atestado.

El miércoles 26 de octubre de 2022, Alfonso Lama García fue abatido por la Guardia Civil, después de atrincherarse en su domicilio y matar a tiros a José Luis Fernández San Antonio, un agricultor de 61 años, y a Alejandro Congosto Gómez, un policía local de 41. Sucedió en una casa de campo en Argamasilla de Calatrava, en la carretera que une este pueblo de Ciudad Real y Villamayor de Calatrava.

En ese ataque de furia, también hirió gravemente a su padre, Alfonso Lama Hortelano, de 81 años entonces; a un guardia civil en un gemelo y a Javier, policía local y compañero de Alejandro.

En medio del tiroteo, el policía nacional José Antonio Moreno, inspector de la comisaría de Puertollano, condujo en solitario un vehículo contra la línea de tiro para llegar a las víctimas, a pesar de que la Guardia Civil le hizo «señas para que no entrase en la zona», según consta en el atestado del instituto armado. Al día siguiente, el oficial ofreció una rueda de prensa para relatar su actuación y, tres meses después, recibió la cruz al mérito policial con distintivo rojo (pensionada).

El 29 de septiembre de 2023, el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Ciudad Real dictó el sobreseimiento provisional de la causa porque el autor de los disparos había muerto y, por tanto, su responsabilidad penal estaba extinguida. Con este escenario, no había indicios para acusar a otra persona por este suceso.

Sin embargo, familiares de José Luis y Alejandro recurrieron porque consideraban que había indicios de la posible comisión de dos delitos por parte del policía nacional: uno de desobediencia de funcionarios públicos y otro de homicidio imprudente, bien por imprudencia grave o menos grave.

Aunque la Fiscalía se opuso al recurso, la Audiencia Provincial de Ciudad Real revocó el auto del juzgado. Ordenó, además, tomar declaración como investigado al inspector, jefe de la Brigada de Seguridad Ciudadana en la comisaría de Puertollano.

En su resolución, cita el atestado de la Guardia Civil de aquel día y se detiene en la diligencia de exposición de hechos: «… el inspector, cuando se dirigía al lugar de los hechos, habría recibido a través del sistema de transmisiones la indicación de que Guardia Civil ya se encontraba en el lugar de los hechos».

En ese mismo documento, añade la Audiencia, «se refleja transmisión del comisario jefe provincial de la Policía Nacional en el que se le daba la instrucción de retirarse», puesto que ya la Guardia Civil estaba haciéndose cargo de la situación y «estaban esperando para asaltar».

A pesar de ello, continúa el órgano colegiado, «accedió al lugar de los hechos y, sin ponerlo en conocimiento del puesto de mando, solicitó un vehículo todoterreno» de la Policía Nacional. Lo usó para llegar a los heridos, aunque agentes de la Guardia Civil que se encontraban en varios puntos de control «le hicieron señas para que no entrase en la zona».

En su auto, la Audiencia alude al presunto delito de homicidio imprudente. «Se sostiene en el recurso que la intervención del inspector de la Policía Nacional, sin coordinarse con la Guardia Civil y empleando medios que no eran adecuados […], incrementó el riesgo al que estaban expuestos otros agentes intervinientes». Se cita en particular un vehículo todoterreno sin blindaje y armas de un alcance efectivo de 50 metros. «De forma que, antes de su intervención, la situación sería de ningún muerto y un solo herido y, tras su intervención», murieron José Luis y Alejandro, además de «dos heridos».

La Sala asegura que «comparte el criterio de los recurrentes» a la luz de las diligencias practicadas, «en particular el atestado y las declaraciones testificales que han venido a ratificar su contenido». Añade que «no se puede en este momento descartar que los hechos sean susceptibles de subsumirse en algunos de los ilícitos penales referidos».

Además de tomar declaración como investigado al policía nacional, la Audiencia señala en su auto que se practique «cualquier otra diligencia» que el instructor estime conveniente «para el esclarecimiento de los hechos». A la luz de los datos, el juzgado deberá valorar «si resulta procedente el sobreseimiento o la continuación de la instrucción, con total libertad de criterio y jurisdicción».

Por otro lado, desde el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Puertollano citaron para el 1 de julio a los familiares de los dos fallecidos para el ofrecimiento de acciones. Esto es, el acto por el que tienen derecho para ser parte en el procedimiento y renunciar o no a las indemnizaciones que le puedan corresponder.

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