La Comisión de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha recordado que, dentro de las competencias que la ley otorga a la policía judicial, no se encuentra la de instar a la adopción de la prisión provisional o de cualquier medida cautelar restrictiva de derechos.
En su pronunciamiento, la Sala de Gobierno ha insistido además en la necesidad de «respeto institucional en la formulación de opiniones sobre el ejercicio de la función jurisdiccional».
Según ha informado el alto tribunal vasco en una nota, el Área de Seguridad Ciudadana del Consistorio de Bilbao trasladó su «profundo malestar» por la decisión de un juzgado de Instrucción, en funciones de guardia, de no decretar prisión provisional para un varón detenido el 26 de abril por agentes de la Policía Municipal de Bilbao. El individuo fue acusado de atentado contra agente de la autoridad, lesiones graves y resistencia grave, y en el atestado policial se incluía una diligencia de solicitud de medidas cautelares.
En su escrito de respuesta, la Sala de Gobierno ha incidido en que cualquier medida cautelar que limite derechos se residencia «en exclusiva» en las acusaciones. Ha emplazado también a evitar «el cuestionamiento de la legitimidad de las juezas y jueces para adoptar las decisiones que en exclusiva les compete».
Este escrito del TSJPV se ha conocido horas después de que el alcalde de Bilbao, Juan María Aburto, haya planteado la «necesidad» de extender la figura de la prisión provisional ante la delincuencia recurrente.
En una entrevista en Radio Euskadi, el Alcalde de Bilbao Juan Maria Aburto, ha lamentado que «muchas veces, el trabajo de la Policía Municipal no tiene posteriormente los efectos que gustaría por la aplicación de normas en el ámbito judicial».