El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha confirmado la sanción disciplinaria impuesta a un agente de la Policía Nacional por una falta grave de desconsideración hacia agentes de la Policía Local, tras un incidente ocurrido cuando se encontraba fuera de servicio en la ciudad de Ourense.Los hechos se remontan al 4 de octubre de 2022, cuando el funcionario tenía su vehículo estacionado de forma indebida en las inmediaciones de un bar. Al ser advertido por agentes de la Policía Local de que iba a ser sancionado y de que debía retirar el coche por obstaculizar la vía, el agente reaccionó de forma despectiva y se negó inicialmente a moverlo, lo que obligó a los municipales a solicitar la intervención de la grúa.
Según consta en los hechos probados del expediente disciplinario, el agente se dirigió a los policías locales con expresiones ofensivas, calificándolos de “personajes”, en un contexto de confrontación verbal generado durante la actuación policial. Estos hechos motivaron la incoación de un procedimiento disciplinario que concluyó con una suspensión de funciones de 20 días, por una infracción grave prevista en la normativa interna del cuerpo.
El agente sancionado recurrió la resolución alegando vulneración de derechos fundamentales, falta de pruebas y una supuesta animadversión por parte de los policías locales intervinientes. Sin embargo, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha rechazado estos argumentos y ha avalado la corrección del procedimiento seguido.
La sala considera que no existió indefensión, que la actividad probatoria fue suficiente y que los testimonios de los agentes municipales resultaron coherentes, consistentes y mantenidos en el tiempo. El tribunal subraya, además, que los policías locales actuaban como agentes de la autoridad en el ejercicio de sus funciones, lo que refuerza la credibilidad de su versión de los hechos.
En su resolución, el TSJ destaca que el propio reconocimiento del agente de haber utilizado la expresión “personajes” hacia los policías municipales, unido a la posterior denuncia presentada contra ellos, evidencia un clima de confrontación que da verosimilitud al relato de los actuantes.
Un recordatorio sobre el respeto institucional
La resolución judicial refuerza un principio básico del servicio público policial: el respeto mutuo entre cuerpos y hacia los agentes que ejercen funciones de autoridad, con independencia del uniforme que vistan o de la situación administrativa en la que se encuentren. La sentencia subraya que el hecho de pertenecer a un cuerpo policial no exime del cumplimiento de las normas ni legitima conductas desconsideradas frente a otros profesionales de la seguridad pública.
Para la Policía Local, el fallo supone un respaldo explícito a la actuación reglada y profesional de sus agentes en el ejercicio de sus competencias, incluso cuando el infractor es miembro de otro cuerpo policial.
















