Condena confirmada: un agente es sentenciado por quedarse con 40 euros de una multa y ocultar la denuncia

Legislación y Tribunales, Portada
El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha ratificado la condena a un agente de la Ertzaintza por apropiarse de 40 euros procedentes de una multa y ocultar el boletín de denuncia. La pena, impuesta por la Audiencia de Bizkaia tras veredicto de jurado, incluye dos años de prisión, inhabilitación durante cuatro años y el pago de multas económicas.

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha confirmado la sentencia dictada previamente por la Audiencia de Bizkaia contra un agente de la Ertzaintza, condenado por delitos de malversación de caudales públicos e infidelidad en la custodia de documentos.

Los hechos probados determinan que el agente se apropió de 40 euros procedentes de una multa, actuando con la intención de obtener un beneficio económico. Además, sustrajo el boletín de denuncia con el objetivo de impedir la tramitación de la sanción y evitar que se detectara la falta del dinero.

La condena, dictada en el marco de un procedimiento con Tribunal del Jurado, establece dos años de prisión, cuatro años de inhabilitación especial para empleo o cargo público en las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, así como el pago de dos sanciones económicas que ascienden a 900 y 2.100 euros.

El agente recurrió la sentencia alegando errores en la valoración de la prueba y falta de motivación en el veredicto del jurado. Sin embargo, el alto tribunal vasco ha rechazado estos argumentos, al considerar que carecen de fundamento y que la resolución inicial está debidamente motivada.

En su resolución, el TSJPV subraya que la condena no se basa en una atribución formal de custodia del dinero, sino en que el agente tuvo acceso al mismo en el ejercicio de sus funciones y realizó actos de disposición ilícita con ánimo de lucro.

Asimismo, el tribunal ha descartado aplicar la atenuante de reparación del daño, pese a que el acusado devolvió los 40 euros en un plazo de 48 horas. Según recoge la sentencia, el jurado concluyó que dicha devolución no fue voluntaria, sino motivada por la presión ejercida por otros miembros de la comisaría tras descubrirse los hechos.

La resolución no es firme y puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo.

Posibles consecuencias: El artículo 432 del Código Penal establece que la autoridad o funcionario público que cometa malversación de caudales públicos será castigado con penas de prisión y de inhabilitación especial, que pueden oscilar entre dos y seis años de prisión en los supuestos básicos, además de la correspondiente inhabilitación. Por su parte, el delito de infidelidad en la custodia de documentos, regulado en el artículo 413, prevé penas de prisión de uno a cuatro años, multa e inhabilitación especial para empleo o cargo público.

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