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Un subinspector de la Policía Local de Granada, condenado a dos años y ocho meses de prisión por violencia en el ámbito familiar

08/06/2011 Juzgados De La Caleta, Granada. La empresa Cervezas Alhambra confía en que la investigación abierta en el Juzgado de Instrucción 1 de Granada por los caso de los ruidos que genera la fábrica situada en la Avenida de Murcia, en Granada capital, que fueron denunciados por los vecinos de un bloque de pisos cercano, se archive y se aclare la situación. POLITICA GRANADA ANDALUCÍA ESPAÑA EUROPA juzgados caleta granada
Legislación y Tribunales
El Juzgado de lo Penal nº 5 de Granada ha dictado sentencia condenatoria contra un subinspector de la Policía Local de la capital, juzgado en octubre por delitos de violencia física y psíquica habitual en el ámbito familiar. El tribunal le impone una pena de dos años y ocho meses de prisión al considerarlo autor de un delito de violencia habitual y de otro de menoscabo psíquico contra su expareja. La resolución es recurrible.

Según recoge la sentencia, la relación afectiva se deterioró de forma significativa en 2017, momento a partir del cual el acusado habría intensificado conductas de control y desvalorización hacia la víctima, incluyendo expresiones vejatorias, insultos y amenazas dirigidas a menoscabar su autoestima. El documento judicial detalla la existencia de episodios de intimidación, manipulación y violencia material, además de una actitud hostil hacia las hijas de la mujer.

El fallo subraya que estas conductas generaron en la víctima un daño psicológico acreditado por informe pericial, lo que sustenta la condena adicional de ocho meses de prisión por el delito de menoscabo psíquico en el ámbito de la violencia de género. No obstante, el agente queda absuelto de otras acusaciones que no han podido ser demostradas en el juicio.

El tribunal también analiza un episodio ocurrido en 2023, cuando una de las hijas de la pareja localizó en el domicilio familiar un dispositivo electrónico que contenía documentación privada de la víctima, copias de su teléfono móvil y correos profesionales. Sin embargo, al no poderse determinar quién introdujo esa información en el soporte, estos hechos no han derivado en responsabilidad penal para el acusado.

Prohibiciones y medidas accesorias

Además de las penas de prisión, la sentencia impone:

  • Tres años de prohibición de tenencia y porte de armas, con pérdida de licencia.
  • Tres años de alejamiento a menos de 500 metros de la víctima y de una de las hijas.
  • Para el delito de menoscabo psíquico, un año y ocho meses adicionales de prohibición de aproximación.

El caso quedó visto para sentencia el pasado 10 de octubre, tras una vista celebrada a puerta cerrada debido a la implicación de menores. La Fiscalía solicitaba seis años y diez meses de prisión, mientras que la acusación particular elevó su petición a más de quince años. La defensa solicitó la absolución.

A la salida de la primera sesión del juicio, el procesado fue detenido por un presunto quebrantamiento de la orden de alejamiento vigente. Un día después, el Juzgado de Violencia sobre la Mujer nº 2 acordó su puesta en libertad provisional tras tomarle declaración.

Finalmente, el Juzgado de lo Penal nº5 no considera acreditados los hechos relacionados con un presunto delito de descubrimiento y revelación de secretos, por lo que el subinspector queda absuelto de este cargo.

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