La condena por acoso a un empleado del Ayuntamiento de Zaragoza pone de manifiesto déficits en la actuación de los mandos policiales

Policía Local de Zaragoza
Información general
Un Tribunal de Zaragoza ha condenado a  un técnico auxiliar municipal por un delito de coacciones en su modalidad de acoso contra una agente de la Policía Local, con la que coincidía en la jefatura del Cuerpo. La sentencia considera acreditado que el acusado mantuvo una conducta “insistente y reiterada” que alteró de forma grave la vida cotidiana de la víctima. Asimismo, subraya que, pese a que la agente expresó por mensajes que se sentía “acosada e intimidada” y pidió que no se le acercara, el protocolo aplicado por la jefatura resultó ineficaz al no reconocerla como víctima.

El fallo también apunta a una falta de actuación desde el entorno laboral para frenar la situación desde su origen, llegando a señalar que determinadas actitudes dentro del equipo, incluido el oficial al mando, contribuyeron a permitir e incluso incentivar el acoso. Estas conclusiones se apoyan en un informe del Servicio de Prevención y Salud Laboral, que recoge valoraciones especialmente contundentes sobre lo ocurrido.

Desde el Ayuntamiento se indica que, tras conocerse los hechos, se abrió un expediente disciplinario y que los mecanismos internos funcionaron correctamente. El protocolo se activó en junio de 2022, cuando la víctima comunicó lo sucedido, y concluyó en diciembre de ese mismo año. Posteriormente, el 4 de enero de 2023, se acordó el traslado cautelar del trabajador a otro edificio.

Según la resolución judicial, el comportamiento del acusado se intensificó tras el divorcio de la agente en 2020. A partir de septiembre de 2021, comenzó a buscar de forma reiterada la proximidad física con ella, acudiendo casi a diario a los lugares donde trabajaba o preguntando a otros agentes por su ubicación. Incluso llegó a acceder al cuarto de seguridad —reservado exclusivamente a personal policial—, donde se arrodilló ante la víctima para exigirle explicaciones. También le entregó una nota en la que la calificaba como “muy especial”, acompañada de un emoticono de corazón.

A pesar de las reiteradas peticiones de la denunciante para que cesara en su conducta, así como de las advertencias verbales de sus superiores, el acusado continuó con su comportamiento. Esta situación prolongada obligó a la agente a modificar sus hábitos laborales y a mantenerse en constante estado de alerta, lo que derivó en un diagnóstico de estrés postraumático y ansiedad.

Personas del entorno de la víctima aseguran que ha vivido esta situación durante cinco años en soledad, describiéndola como “un infierno”, y lamentan la falta de apoyo dentro del ámbito policial. Señalan que la agente llegó a pensar que, de no denunciar, podría producirse una situación más grave.

La sentencia es especialmente crítica con la “inacción” del entorno laboral, al que responsabiliza de no haber protegido adecuadamente a la agente, ni haber identificado las conductas del acusado como inapropiadas. El informe de Prevención recoge que el propio acusado reconoció sentir “obsesión” por la denunciante y que el ambiente laboral resultó intimidatorio y hostil para ella. Además, apunta que no se adoptaron medidas eficaces para garantizar que pudiera desempeñar su trabajo con normalidad y dignidad.

En una reunión mantenida con superiores, se reconoció la gravedad de la situación y el acusado se comprometió a cesar el contacto, aunque sin que se establecieran instrucciones concretas. Posteriormente, al comprobar que el comportamiento persistía, la agente solicitó la baja laboral. La sentencia destaca que fue ella quien terminó siendo cambiada de puesto, lo que incrementó su sensación de desprotección y frustración.

Un testigo señaló que el acusado pudo acceder sin impedimentos a zonas restringidas donde consultaba información sobre los horarios de la víctima, y confirmó el estado de angustia en el que se encontraba la denunciante. También indicó que no se dieron instrucciones claras al personal para limitar dichos accesos.

Tras conocerse el informe de Prevención, el Ayuntamiento abrió un expediente disciplinario que quedó suspendido al interponerse la querella criminal, conforme al protocolo. Durante ese tiempo, se adoptaron medidas para evitar el contacto entre ambas partes. Una vez dictada la sentencia, el expediente ha sido reactivado y, según fuentes municipales, se prevé la imposición de sanciones que podrían implicar suspensión de empleo y sueldo.

Finalmente, el juzgado ha impuesto al condenado una pena de siete meses de prisión, junto con la inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo. Además, se le prohíbe acercarse a la víctima a menos de 200 metros, así como comunicarse con ella por cualquier medio durante tres años. También deberá asumir las costas procesales, incluidas las de la acusación particular, e indemnizar a la víctima por los daños sufridos en la cuantía que se determine en la ejecución de la sentencia.

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