De cara a su próximo congreso, Unijepol presenta su Ponencia Estratégica 2026/2030

Portada Ponencia Estratégica de Unijepol 2026
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Como consecuencia de la convocatoria del Congreso Nacional de Unijepol, realizada por su Consejo Directivo Nacional el pasado día 3 de diciembre de 2025, se han puesto en marcha los procedimientos estatutarios de la asociación y, entre ellos, los relativos a la elaboración de la Ponencia Estratégica que se debatirá y aprobará en el Congreso.

El Consejo Directivo Nacional propuso que una comisión formada por Julia González Calleja, Arturo Pereira Cuadrado, José Francisco Cano de la Vega, José Manuel Rico Rodríguez, José Francisco Ataun Roldan y Antonia Barceló Estelrich, elaboraran el proyecto de Ponencia Estratégica, propuesta que, posteriormente, fue aprobada por la Comisión Ejecutiva Nacional, conforme a lo establecido estatutariamente.

Una vez cerrado el plazo de admisión de enmiendas para todas las personas asociadas, se presentaron tres propuestas de adición (inclusión de nuevos temas) de los compañeros: Federico Gómez Sáez, David Gutiérrez Sánchez y José Manuel Domínguez Calvo. Las tres aportaciones fueron aceptadas por la comisión y se han incluido en el texto originalmente elaborado.

El próximo paso a seguir será la consideración y aprobación, si procede, de esta Ponencia por el Congreso Nacional de Unijepol. La Ponencia Estratégica es de gran importancia, ya que recoge los posicionamientos de la Asociación en relación a todos aquellos aspectos de relevancia para la Seguridad Local para el periodo 2026/2030 y, en consecuencia, establece una clara línea de trabajo a la que tendrán que atenerse los órganos directivos de Unijepol: la Presidencia, la Comisión Ejecutiva Nacional y el Consejo Directivo Nacional.

El texto íntegro de la Ponencia es el siguiente:

PONENCIA ESTRATÉGICA DE UNIJEPOL
  1. La situación actual y las necesidades de la Seguridad Local.

1.1.      Valoración general de la situación para las Policías Locales.

1.1.1.  Durante varios años las Policías Locales se han visto y todavía se ven afectadas negativamente por la combinación de dos factores: la jubilación anticipada y la tasa de reposición, que han mermado de forma notable sus capacidades operativas. A pesar de ello, las Policías Locales seguimos haciendo una contribución muy importante al Sistema Público de Seguridad, para el mantenimiento de la Seguridad Ciudadana, la Convivencia y la Seguridad Vial.

1.1.2.  Ya se está produciendo una cierta recuperación de las plantillas, pero aún es necesario el incremento de nuestros efectivos para garantizar a la ciudadanía un Servicio de Policía Local integral y de calidad. En este sentido, Unijepol defiende la eliminación de la Tasa de Reposición para impulsar ese crecimiento tan necesario.

1.2.      La normativa estatal reguladora de la Seguridad Local y de las Policías Locales.

1.2.1.  Desde 1986 los cambios normativos que se han producido a nivel estatal han sido muy escasos y han tenido una repercusión muy limitada, a pesar de la gran transformación que hemos sufrido las Policías Locales, tanto en lo que refiere al incremento de nuestros efectivos, como a la mejora de nuestra capacitación profesional, la ampliación de nuestras capacidades operativas  y al espacio que -de facto- hemos ocupado en el Sistema Público de Seguridad, especialmente en lo que se refiere a la lucha contra la delincuencia de proximidad, el mantenimiento del civismo y la seguridad vial.

1.2.2.  El mantenimiento de la Ley Orgánica de Cuerpos y Fuerzas de Seguridad en su actual redacción supone un lastre para la mejora de la seguridad ciudadana y la lucha contra la delincuencia. El ordenamiento jurídico continúa considerando de forma auxiliar y complementaria la contribución de las Policías Locales al Sistema Público, cuando -como se demostró en momentos críticos, como la Pandemia o el Apagon- esa visión ya no se corresponde con la realidad.

1.2.3.  Esta realidad es igual en las comunidades autónomas en las que la competencia territorial corresponde a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, como en aquellas que corresponde a las Policías Autonómicas.

1.2.4.  Unijepol defiende la modificación de la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad a través de la promulgación de una Ley de Seguridad Local y de Policías Locales, que establezca un nuevo marco competencial para los municipios y las Policías Locales, más acorde a las actuales necesidades de seguridad de las comunidades locales, a nuestras actuales capacidades, así como al espacio que -desde hace décadas- venimos ocupando de hecho las Policías Locales.

1.2.5.  El nuevo marco normativo que defendemos debe reconocer expresamente las competencias en materia de lucha contra la delincuencia vial que las Policías Locales ya venimos ejerciendo, incluso en el ámbito de la Policía Judicial. Igualmente, debe reconocer las competencias que venimos desarrollando en la lucha contra la delincuencia de proximidad, de forma especial en el ámbito del menudeo de sustancias ilegales, violencia de género, acoso escolar, accidentes laborales, delitos de odio y bienestar y protección animal. Así mismo, defendemos una nueva regulación de la actuación no uniformada de las Policías Locales, sujeta a criterios de competencia funcional y operativos y no a la subordinación de la autoridad municipal a las autoridades estatales.

1.2.6.  Aunque consideramos que el vigente Reglamento de Armas recoge con claridad la posibilidad de acceso de las Policías Locales al mismo tipo de armas que pueden utilizar las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y las Policías Autonómicas, dada la sistemática interpretación restrictiva que históricamente se viene haciendo desde la Intervención de Armas de la Guardia Civil, solicitamos una mayor clarificación con el fin de acabar con las restricciones artificiales y los conflictos que se vienen produciendo.

1.3.      La normativa y las políticas autonómicas de coordinación de las Policías Locales.

1.3.1.  En los últimos años se han seguido produciendo la modificación de las leyes de coordinación de las Policías Locales (Andalucía, Cantabria y Galicia, en los años 2022 y 2023) y se han promulgado nuevas normativas de desarrollo de dichas leyes. En otras comunidades, como en Castilla y León, la norma ya está en proceso de aprobación. En general, consideramos que todas ellas suponen avances profesionales, especialmente en lo que se refiere al reconocimiento institucional de las Policías Locales, a la cooperación de las Policías Locales de las respectivas comunidades autónomas, así como en materia de equipamiento y armamento policial.

1.3.2.  Sin embargo, seguimos denunciando que algunas de estas normas facilitan el acceso de miembros de otras Fuerzas y Cuerpos de Seguridad a las Policías Locales, sin condiciones de reciprocidad, lo que supone un obstáculo totalmente injustificado a la promoción profesional de los componentes de las Policías Locales. En consecuencia, manifestamos nuestra firme oposición a estas medidas.

1.3.3.  Igualmente, seguimos manifestando nuestra oposición radical a que se permita el acceso de funcionarios interinos a las Policías Locales, al considerar que estas medidas perjudican de manera muy importante la profesionalidad de nuestros cuerpos.

1.3.4.  Unijepol defiende la cooperación entre las Policías Locales a nivel estatal y, de forma especial, en el ámbito de las diferentes Comunidades Autónomas. Para favorecer esta política, pedimos a las comunidades autónomas que -en el ejercicio de sus funciones constitucionales en materia de coordinación de las Policías Locales- pongan en funcionamiento sistemas de radiotransmisión regionales, aplicaciones informáticas, bases de datos comunes, bases de datos e infraestructuras de uso común, como parques de educación vial y galerías de tiro.

1.3.5. Igualmente llamamos a las comunidades autónomas a avanzar en la puesta en marcha de servicios de uso común para atender a sus respectivas Policías Locales tales como: Equipos de Educación Vial, Investigación de Siniestros Viales Complejos, y muy especialmente para la creación de Departamentos de Asuntos Internos y Gestión de Expedientes Disciplinarios. La creación de estos últimos supone una mejora clave que permitirá, también a los cuerpos de policía local de reducido tamaño, corregir las infracciones que se produzcan de una manera objetiva y profesional, mejorando por tanto la calidad del servicio prestado.

1.3.6.  Unijepol da su apoyo decidido a los programas de financiación integral de las Policías Locales que están desarrollando la Comunidad de Madrid y la Región de Murcia. Estos programas suponen un compromiso de dichas comunidades autónomas con la prestación de un servicio de Seguridad Local con altos estándares de calidad para sus respectivas comunidades locales.

1.3.7.  La presencia de Policía Autonómica en algunas comunidades autónomas implica la existencia de recursos e infraestructuras que no existen en otras comunidades autónomas. Unijepol defiende que dichos elementos se pongan a disposición de las Policías Locales en la misma medida que lo están para las Policías Autonómicas.

1.3.8.  En las comunidades autónomas con Policía Autonómica, Unijepol defiende el establecimiento de medidas que favorezcan la permeabilidad entre las respectivas Policías Autonómicas y las Policías Locales, en todas las categorías profesionales.

1.4.      La atención municipal a las Policías Locales.

1.4.1.  Consideramos que, en general, en los últimos años se ha producido un cambio positivo en la atención de los municipios a sus Policías Locales. Este avance se está haciendo notar en aspectos como el incremento (moderado) de las plantillas, una mayor promoción profesional, el incremento de acciones formativas y la dotación de recursos materiales.

1.4.2.  No obstante, estos avances no son generalizados y no son pocos los municipios que siguen anclados en políticas obsoletas, que sumen a sus policías locales en el abandono y la desidia, a pesar de constituir un servicio público de primer orden para garantizar la mejora de la convivencia, la seguridad ciudadana y la seguridad vial.

1.5.      Acceso a bancos de datos policiales y judiciales.

1.5.1.  Para garantizar una coordinación y cooperación eficaz entre las distintas Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, resulta esencial el acceso a los diferentes bancos de datos existentes para el conjunto de los servicios policiales.

1.5.2.  Por razones difícilmente explicables, el acceso de las Policías Locales a los bancos de datos estatales todavía es muy limitado, se facilita con cuentagotas y con restricciones que impiden desarrollar eficazmente sus funciones. Un buen ejemplo es el de las bases de datos de la Dirección General de Tráfico, al que sólo se nos permite un acceso limitado, cuando nuestras funciones son idénticas a las de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil en el ámbito urbano. Pero situaciones similares se producen con otros bancos de datos.

1.5.3.  Unijepol defiende para las Policías Locales el mismo acceso que tienen las unidades territoriales de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado (y en las mismas condiciones de seguridad) para los bancos de datos SIGO (Sistema Integrado de Gestión Operativa de la Guardia Civil), SIDENPOL (Sistema de Información de la Dirección General de la Policía) y los sistemas compartidos SIRDEE (comunicaciones de emergencia), Bases de Requisitorias Judiciales y PDyRH – Personas Desaparecidas y Restos Humanos. Evitar el acceso de las Policías Locales a estas bases de datos, o mantener las restricciones de acceso actuales, solo perjudica la eficacia del Sistema Público de Seguridad y supone un desperdicio de recursos inaceptable.

1.5.4.  Valoramos positivamente la reciente decisión gubernamental de facilitar el acceso de algunas Policías Locales al SIRAJ (Sistema de Registros de apoyo a la Administración de Justicia). Sin embargo, no entendemos como esta política se hace de forma tan selectiva y minoritaria, cuando no hace otra cosa que favorecer una mayor eficacia y eficiencia policial.

1.5.5.  Hacemos extensivo nuestro planteamiento a las bases de datos que gestionan las Policías Autonómicas. Y, por las mismas razones, también defendemos el acceso de las FCSE y de las PPAA a las Bases de Datos de las Policías Locales.

1.5.6.  En este sentido, también hacemos una valoración positiva del proyecto que están desarrollando los Mossos d’Esquadra para integrar a las Policías Locales de Cataluña al sistema Lectio.

1.6.      La cooperación entre Policías Locales y la prestación asociada del servicio de Policía Local.

1.6.1.  Para Unijepol resultan experiencias muy positivas los convenios que se están extendiendo en diferentes comunidades autónomas para mejorar la colaboración entre las Policías Locales, bien para la atención de situaciones puntuales o permanentes. Estos convenios favorecen una actuación más eficaz y mejoran la seguridad de las comunidades locales.

1.6.2.  Creemos que este asunto es de tanta importancia que debería ser objeto de una regulación estatal, especialmente para atender las situaciones de emergencia. La experiencia de la DANA en la Comunidad Valenciana puso de relieve que se debe facilitar e impulsar la colaboración entre municipios ante este tipo de situaciones, incluso entre Policías Locales que no pertenezcan a la misma comunidad autónoma, tal y como lo permite la Ley Orgánica 2/1986 en su actual redacción.

1.6.3.  Igualmente consideramos que las experiencias que se están desarrollando para acordar la prestación asociada del Servicio de Policía Local entre pequeños municipios del ámbito rural suponen un claro beneficio para la seguridad ciudadana y de los propios agentes de Policía Local. En este sentido, valoramos muy positivamente las políticas de apoyo a estas experiencias que está haciendo la Comunidad de Madrid, con ayudas importantes a los municipios asociados.

1.6.4.  Sin perjuicio de lo anterior, consideramos que la actual regulación de la Prestación Asociada del Servicio de Policía Local, a través de la Orden INT/2944/2010, de 10 de noviembre, es muy restrictiva y, lejos de favorecer esta fórmula, establece límites y restricciones que la dificultan. Por esas razones, Unijepol pide su modificación, para convertirla en una norma facilitadora y no obstaculizadora de esta política que tanto puede beneficiar a los municipios rurales.

1.6.5. En paralelo a lo anterior, Unijepol valora positivamente el uso de la herramienta jurídica «encomienda de gestión” (artículo 11 de la Ley 40/2015 de Régimen Jurídico del Sector Público). Este traspaso de las actividades técnicas, que no cesión de la competencia formal, puede ser empleado mediante convenio para que grandes ayuntamientos puedan instruir, por ejemplo, expedientes disciplinarios a policías de cuerpos de Policía Local de menor tamaño y escasos recursos. Esto redundaría en una mayor objetividad y profesionalidad, por tanto, en mayor eficiencia y calidad en el servicio de Policía Local.

1.7.      Convenios entre la FEMP, los ministerios de Interior y/o Justicia y los Ayuntamientos.

1.7.1.  Los convenios entre las diferentes administraciones públicas en materia de colaboración en el ámbito de seguridad ciudadana, seguridad vial, policía judicial y acceso a bases de datos pueden suponer una herramienta útil para mejorar la cooperación entre los gobiernos de las diferentes administraciones públicas y entre las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.

1.7.2.  En lo que se refiere a los convenios-marco suscritos por la FEMP con la Administración del Estado, consideramos que resulta imprescindible impulsar nuevos acuerdos, así como actualizar y revisar los existentes. Sin embargo, queremos expresar con claridad que no nos parece una política adecuada utilizar este tipo de convenios para continuar retrasando los cambios legales que consideramos imprescindibles para mejorar el conjunto del Sistema Público de Seguridad y permitir una actuación más eficaz y eficiente de las Policías Locales.

1.7.3.  El complejo y plural Sistema Público de Seguridad del que nos hemos dotado ha conseguido unos niveles de seguridad muy superiores a los del resto de los países de nuestro entorno. Consideramos que se debe expresar con toda claridad que, ni las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, ni las Policías Autonómicas, ni las Policías Locales, de manera individual, son capaces de atender por sí solas las demandas de seguridad existentes. Por eso creemos que resulta imprescindible un funcionamiento real, continuo y eficaz de las Comisiones de Coordinación Policial y de las Juntas Locales de Seguridad Local.

  1. Nuestras propuestas para mejorar las Policías Locales.

2.1.      Selección y formación de aspirantes y de mandos.

2.1.1.  Unijepol considera que debe plantearse una reforma radical en los actuales sistemas de selección, tanto en lo que se refiere al acceso, como a la promoción a categorías de mando. Creemos que, antes que nada, deberían definirse con claridad los perfiles más idóneos para ejercer la profesión y el ejercicio de sus funciones directivas. Frente a la idea arcaica de las oposiciones basadas esencialmente en la capacidad memorística, deberían potenciarse sistemas que sirvan más para comprobar la aptitud y la actitud para el ejercicio de una profesión que requiere capacidad de adaptación, inteligencia emocional y empatía con la ciudadanía. En consecuencia, creemos que debería ponderarse la relevancia que actualmente se le otorga a la capacitación física, frente a otras capacidades que consideramos hoy más necesarias.

2.1.2.  Para conseguir unas Policías Locales que sean espejo de la sociedad, también creemos que deben impulsarse acciones positivas en el ámbito de la selección y la promoción, para conseguir mayores cotas de igualdad y diversidad interna.

2.1.3.  Unijepol apoya las iniciativas que se están desarrollando en diferentes comunidades autónomas para realizar procesos de selección conjuntos, al considerar que benefician mayor objetividad y eficacia.

2.1.4.  Consideramos necesario avanzar decididamente hacia la construcción de una verdadera carrera profesional, basada en un diseño curricular propio, homologado y plenamente reconocido por las autoridades educativas. De otra parte, defendemos el establecimiento de proyectos curriculares de formación menos memorísticos y mucho más prácticos y cercanos a las necesidades de la profesión. Y, desde luego, absolutamente impregnados, de forma transversal, en los valores constitucionales y en la defensa de los derechos y libertades fundamentales de las personas.

2.2.      El sindicalismo en las Policías Locales.

2.2.1.  Unijepol está plenamente comprometida con la libertad sindical y reconoce expresamente los importantes y positivos logros laborales conseguidos por las centrales sindicales más representativas en nuestro colectivo profesional.

2.2.2.  Defendemos que la valoración de puestos de trabajo en las Policías Locales, tal y como establece el ordenamiento jurídico, tenga en justa consideración las peculiaridades que supone la prestación del servicio policial.

2.2.3.  Al mismo tiempo, expresamos nuestra preocupación por el enfoque adoptado por determinados sindicatos corporativos, que plantean reivindicaciones que tienen mucho más que ver con la defensa de privilegios que con la defensa de los derechos de los trabajadores y trabajadoras públicos. Estos enfoques configuran situaciones que son insostenibles desde una perspectiva de servicio público.

2.3.      El ejercicio de huelgas y acciones ilegales.

2.3.1.  Con contundencia, rechazamos cualquier acción reivindicativa que no cumpla estrictamente con lo establecido por el ordenamiento jurídico y aquellas otras prácticas reivindicativas delictivas e ilegales, que nos separan del resto de los/as empleados/as públicos, consolidan situaciones permanentes de conflicto interno, dañan gravemente nuestra imagen y empujan al colectivo hacia una pérdida de profesionalidad.

2.3.2.  Ante la extensión de las huelgas encubiertas, camufladas de bajas médicas masivas, pedimos acciones decididas por parte de las administraciones locales para restablecer la legalidad democrática. Así mismo, pedimos al legislador una reflexión al respecto, para buscar fórmulas legales que atajen más eficazmente este tipo de situaciones que cada vez son más extensas y repetidas.

2.4.    Armamento y equipo policial.

2.4.1.  Las Policías Locales somos el servicio policial con mayor presencia en los municipios de nuestro país y, además, la proximidad a la ciudadanía nos otorga la mayor exposición en las vías y lugares públicos. Por esa razón, consideramos que las Policías Locales debemos disponer del mismo tipo de armamento que está a disposición de las unidades territoriales del resto de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. En concreto, pedimos a todas las comunidades autónomas, como administraciones competentes, la inclusión de las armas largas en armamento reglamentario de sus respectivas Policías Locales.

2.4.2.  Igualmente, pedimos a las comunidades autónomas la inclusión de las armas no letales en el armamento reglamentario, al considerar que existen muchas situaciones en las que su uso puede contribuir de manera decisiva a salvar la vida de personas, incluidas aquellas contra las que se deban utilizar, siempre conforme a los principios establecidos por la Ley.

2.4.3.  Somos favorables a la utilización de cámaras unipersonales por los patrulleros de las Policías Locales, al considerar que pueden suponer una ayuda muy importante como medio de prueba en los procesos penales y administrativos, así como mayor garantía jurídica para nuestros componentes y para la ciudadanía.

  1. Orientaciones estratégicas para la Seguridad Local.

3.1.      La prevención de riesgos laborales.

3.1.1.  Consideramos que la prevención de riesgos laborales en las Policías Locales es un aspecto de capital importancia, al ser una profesión con riesgos elevados y específicos, por lo que resulta especialmente necesario el desarrollo de las acciones públicas necesarias para proteger la salud física y mental de quienes cuidamos a la ciudadanía.

3.1.2. Unijepol considera prioritario reforzar, dentro de la Prevención de Riesgos Laborales, la dimensión de los riesgos psicosociales propios del servicio policial: estrés operativo, fatiga, exposición a violencia, presión social y mediática, así como el impacto acumulativo de los incidentes críticos. Para ello, defendemos evaluaciones periódicas específicas y planes preventivos adaptados a la realidad de cada municipio.

3.1.3.  Además de exigir el cumplimiento del marco normativo aplicable, Unijepol trabajará para fomentar las buenas prácticas para la prevención de la salud física y mental de nuestro colectivo profesional.

3.1.4.  Unijepol considera que los policías locales se enfrentan a un entorno laboral donde la tensión y el conflicto son la norma, la incertidumbre y el riesgo se convierten en compañeros constantes. Pero no solo son los desafíos externos los que hacen que la profesión policial sea tan exigente, las organizaciones policiales se enfrentan a dificultades internas, desde conflictos en las relaciones profesionales, hasta la presión constante de la sociedad y la falta de apoyo. Así los policías se encuentran en el centro de una encrucijada de demandas emocionales, físicas y psicológicas, que pueden dejar huella profunda en su bienestar y salud.

3.1.5. Unijepol se compromete con el principio de “cuidar a los que nos cuidan y protegen”. Para ello nos comprometemos a programar un plan ambicioso de gestión psicosocial y de salud mental, con su respectiva formación y apoyar estas iniciativas en los ayuntamientos.

3.1.6. En este sentido, consideramos necesario que las administraciones locales incorporen protocolos de atención post-incidente crítico, con acceso ágil a apoyo psicológico especializado, medidas de seguimiento y garantías de confidencialidad, evitando cualquier estigmatización. El objetivo es proteger la salud mental, mejorar la recuperación y reforzar la seguridad del propio servicio.

3.1.7. Asimismo, Unijepol promoverá la difusión de buenas prácticas de organización del trabajo orientadas a la prevención de la fatiga (planificación de turnos y descansos, gestión del sueño, rotaciones razonables y formación en autocuidado), así como la formación de mandos en liderazgo saludable y detección temprana de situaciones de riesgo.

3.1.8. Los policías locales merecen un entorno laboral seguro, apoyo y reconocimiento por su dedicación. Y por eso, reconocemos las cargas que los policías llevan sobre sus hombros en silencio, teniendo que encontrar su auxilio en la búsqueda de un equilibrio entre el deber y la salud. Unijepol, que colaboró en la elaboración del Manual de Buenas Prácticas en Salud y Bienestar Policial, junto con Asepeyo y la FEMP, promocionará los contenidos de dicho Manual y colaborará en la formación sobre sus contenidos, al considerarlo como un elemento muy relevante para orientar la mejora del bienestar policial.

3.2.      Las políticas de igualdad en las Policías Locales.

3.2.1.  Consideramos que las políticas de igualdad en las Policías Locales son un eje clave de modernización del servicio público y de cumplimiento del marco legal en materia de igualdad efectiva entre mujeres y hombres, adaptado a las particularidades del colectivo profesional.

3.2.2.  Creemos que las políticas de igualdad no son solo esenciales para cumplir con la legalidad, sino también para mejorar el clima laboral, incorporar nuevas perspectivas a la función policial y para formar un Servicio Policial más cercano y representativo de la sociedad a la que sirve.

3.2.3.  Conscientes de que no se puede prescindir de la mitad del talento de la sociedad, Unijepol trabajará para lograr esta igualdad efectiva entre mujeres y hombres de las Policías Locales, fomentar la ruptura de estereotipos de género en la función policial, normalizar la presencia femenina e integrar la igualdad y la perspectiva de género en la cultura organizativa.

3.2.4.  Conscientes de nuestra responsabilidad directiva, Unijepol incorporará la perspectiva de género y excluirá el lenguaje y la iconografía sexista de todos sus medios de comunicación y publicaciones.

3.3.      Participación de las Policías Locales en convenios y programas internacionales.

3.3.1.  Unijepol considera que la participación de las Policías Locales españolas en convenios y programas europeos e internacionales suponen un salto cualitativo en su cooperación para mejorar la convivencia y la seguridad ciudadana. En este sentido, saludamos el camino abierto por Policías Locales como las de Valencia, Murcia, Fuenlabrada, Barcelona y Madrid, en colaboración con servicios policiales de otros países, centros de formación policial o con ONG especializadas en seguridad prevención y derechos humanos, para el intercambio de buenas prácticas y participación en proyectos comunes.

3.3.2.  En un contexto urbano cada vez más globalizado, esta cooperación internacional no solo refuerza el prestigio institucional de las Policías Locales, sino que también revierte directamente en una mejora del servicio que se presta a la ciudadanía. La internacionalización, lejos de ser un elemento accesorio, se consolida así como una herramienta estratégica para la evolución de las Policías Locales y, por esa razón, pedimos a los gobiernos municipales y a la dirección profesional de las Policías Locales prestar mayor atención a estos proyectos.

3.4.      Participación en Redes Sociales. La presencia activa de las Policías Locales en redes sociales es clave para mejorar la comunicación directa y transparente con la ciudadanía en un entorno digital cada vez más influyente. Esta participación refuerza la confianza pública, facilita la prevención mediante información temprana y mejora la imagen institucional del cuerpo, contribuyendo a una mayor eficacia en la seguridad local.

3.5.      Policía de Proximidad o Comunitaria.

3.5.1.  Consideramos que la Policía de Proximidad o Comunitaria constituye una de las líneas estratégicas más relevantes para las Policías Locales, ya que sitúa la prevención y la relación con la ciudadanía como eje central de la acción policial. Este modelo supera el enfoque reactivo tradicional y apuesta por una presencia policial constante, accesible y reconocible, capaz de conocer en profundidad los barrios, sus dinámicas sociales y los problemas reales de las comunidades locales y de sus barrios.

3.5.2.  La proximidad permite anticipar conflictos antes de que escalen, identificar situaciones de riesgo social y actuar de forma temprana sobre conductas incívicas, problemas de convivencia o pequeños focos de delincuencia. Así, los policías locales pasan a convertirse en un referente de confianza, escucha y mediación, lo que mejora de forma directa la percepción de seguridad y la legitimidad institucional.

3.5.3.  Desde un punto de vista estratégico, este modelo exige una reorganización del servicio, con asignación estable de agentes a zonas concretas, continuidad en el tiempo y autonomía operativa supervisada. La formación resulta clave, especialmente en comunicación, mediación, gestión de conflictos y conocimiento del tejido social. La tecnología debe apoyar esta labor, facilitando el análisis de información local y el contacto ágil con la ciudadanía.

3.5.4.  Además, la Policía de Proximidad refuerza la cooperación con otros servicios municipales, centros educativos, asociaciones vecinales y agentes sociales, creando redes de prevención eficaces. Esta coordinación multiplica el impacto de la acción policial y permite abordar los problemas de seguridad desde una perspectiva integral.

3.5.5.  En definitiva, apostar por la Policía de Proximidad implica invertir en prevención, cohesión social y confianza institucional. Supone una estrategia sostenible a medio y largo plazo, alineada con las demandas actuales de la ciudadanía y con el papel que las Policías Locales deben desempeñar como garantes de la convivencia en el entorno más cercano.

3.6.      Gestión Policial de la Diversidad Social.

3.6.1.  La gestión de la diversidad social es esencial para garantizar una actuación policial equitativa, respetuosa de los derechos humanos y adaptada a realidades culturales, sociales y generacionales cada vez más complejas. Su correcta aplicación mejora la convivencia, previene conflictos y fortalece la legitimidad de las Policías Locales como servicios públicos cercanos, inclusivos y eficaces en el ámbito local.

3.6.2.  La gestión policial de la diversidad exige también cambios internos en las propias organizaciones policiales, para que su composición, cultura profesional y formas de trabajo reflejen mejor la pluralidad de la comunidad a la que sirven. Avanzar en este sentido favorece una mayor cercanía, credibilidad y capacidad de respuesta, reforzando la confianza ciudadana y la eficacia de la Seguridad Local.

3.7.      Lucha contra la Violencia de Género y participación en VioGén.

3.7.1.  La violencia contra las mujeres es la manifestación más cruel de la desigualdad y las relaciones de poder de los hombres sobre las mujeres. Se trata de una violencia de naturaleza estructural y transversal que se dirige contra la mujer por el mismo hecho de serlo, que viola y menoscaba el disfrute de los derechos humanos y las libertades fundamentales, siendo un obstáculo para la igualdad entre mujeres y hombres. Así lo reconocen los organismos internacionales como la Organización de las Naciones Unidas, el Consejo de Europa y la Unión Europea en distintos instrumentos jurídicos ratificados por España.

3.7.2.  La implicación activa de las Policías Locales en la lucha contra la violencia de género es esencial por su cercanía al territorio y su capacidad de detección temprana y protección inmediata de las víctimas. Esta actuación especializada mejora la prevención, refuerza la coordinación con otros servicios municipales y consolida a la Policía Local como un pilar fundamental de la seguridad y la protección social en el ámbito local.

3.7.3.  El Sistema Integral de Seguimiento de las Víctimas de Violencia de Género (VioGén) en un sistema modélico en todo el mundo, focaliza la atención en las víctimas y favorece la colaboración interpolicial, con la Justicia y con otros recursos públicos de apoyo a las víctimas. Por estas razones, consideramos que la participación de las Policías Locales en el Sistema VioGén debe extenderse a todas las Policías Locales y Unijepol trabajará para impulsar su adhesión a este programa.

3.7.4.  Sin perjuicio de lo anterior, Unijepol considera que el actual protocolo que regula la adhesión municipal a VioGén mantiene una óptica de desconfianza hacia las Policías Locales, limitando injustificadamente sus capacidades operativas, así como la tipología de las víctimas a las que podemos proteger. Así, Unijepol pide la revisión de dicho protocolo, adaptándolo a la capacidad operativa de las Policías Locales de los municipios firmantes de dicho convenio.

3.8.      Policía Judicial.

3.8.1.  Consideramos que el desarrollo de funciones de Policía Judicial por las Policías Locales fortalece la investigación de la delincuencia de proximidad y favorece la colaboración con juzgados y fiscalías. Esta línea estratégica permite evitar duplicidad con otros servicios policiales, evita la victimización secundaria, agiliza diligencias y mejora la eficacia en la persecución de determinados delitos. Pero es preciso detallar que esta área de trabajo requiere un alto nivel de especialización, mucho rigor técnico y coordinación interinstitucional.

3.8.2.  Las experiencias que, desde hace décadas, llevan desarrollando algunas Policías Locales, como Pamplona, Córdoba, Fuenlabrada y Madrid, o las más recientes que se están desarrollando, como en el caso de Barcelona, ponen de manifiesto que estas prácticas son posibles dentro del actual marco jurídico y sólo se ha obstaculizado su extensión por interpretaciones interesadas y muy restrictivas por parte de determinadas instancias institucionales, policiales y judiciales.

3.8.3.  Unijepol defiende una mayor clarificación legal en esta materia y que se establezcan fórmulas para garantizar la presencia de las Policías Locales en las Comisiones Provinciales de Policía Judicial, como ya ocurre en Navarra.

3.9.      Incorporación de Unidades Aéreas y Gestión Municipal del Espacio Aéreo.

3.9.1.  La creación y el impulso de unidades aéreas en las Policías Locales responde a la necesidad de reforzar su capacidad operativa mediante el uso de tecnologías avanzadas, como las aeronaves no tripuladas. Estas unidades permiten una visión aérea inmediata del entorno, mejoran la vigilancia preventiva y facilitan la gestión de incidencias complejas, además de facilitar la investigación de los siniestros viales. En este ámbito, podemos afirmar que hoy las Policías Locales nos situamos a la vanguardia tecnológica entre las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.

3.9.2.  Asimismo, las unidades aéreas contribuyen de forma decisiva a la coordinación de dispositivos policiales y de emergencias. El apoyo aéreo optimiza la toma de decisiones en tiempo real, reduce riesgos para los agentes y mejora la protección de la ciudadanía. Además, su empleo resulta especialmente útil en grandes eventos, búsquedas de personas y situaciones de riesgo.

3.9.3.  Unijepol-Aeporse impulsará el desarrollo de estas unidades, contribuyendo a un adecuado asesoramiento tanto en el ámbito normativo como en el operativo. La formación especializada de los operadores, el cumplimiento de la normativa aeronáutica y de protección de datos, y la evaluación continua de resultados son elementos esenciales. De este modo, se garantiza un uso proporcional, eficiente y plenamente integrado en el Servicio de Policial Local.

3.9.4.  De otra parte, la proliferación de drones comerciales y de bajo coste ha cambiado de forma radical el panorama de la seguridad. Hoy, cualquier actor, infractor, criminal o terrorista puede acceder fácilmente a esta tecnología aérea que permite observar, transportar objetos o interferir en espacios sensibles sin exponerse físicamente. Por estos motivos, consideramos que resulta clave que las Policías Locales también desarrollen estrategias específicas para el control de los drones no amistosos.

3.9.5.  Creemos que, en este terreno, se debe desarrollar una dimensión policial preventiva y disuasoria. Cuando los servicios policiales demuestran que detectan, rastrean e interceptan drones no autorizados, reducen el atractivo de esta herramienta para fines delictivos. La tecnología, combinada con protocolos claros y personal formado, envía un mensaje claro de control del espacio aéreo urbano. El control de drones no amistosos ya no resulta opcional, representa una necesidad estratégica para garantizar la seguridad, anticiparse a nuevas formas de delincuencia y mantener el control efectivo del entorno urbano y rural, así como de las infraestructuras críticas.

3.9.6.  Por último, consideramos que los municipios deben comenzar a prestar atención a la gestión del espacio aéreo, porque el uso intensivo de drones y otras tecnologías aéreas ya representa una realidad que cada vez es más presente y no una hipótesis futura. Algunos grandes municipios han iniciado este camino al comprender que el espacio aéreo urbano afecta a la seguridad, la movilidad, la protección de infraestructuras y la convivencia ciudadana. Anticiparse permite definir normas claras, coordinar a los servicios públicos y evitar conflictos antes de que el volumen de operaciones aéreas crezca de forma desordenada. Actuar ahora ofrece a los municipios capacidad de control, prevención y planificación frente a un escenario que se consolidará en breve plazo.

3.10.   Unidades Caninas.

3.10.1.              Unijepol considera que la incorporación de unidades caninas a las Policías Locales suponen un refuerzo significativo de las capacidades operativas en materia de seguridad ciudadana y emergencias. Estos equipos especializados permiten una detección eficaz de sustancias, la localización de personas desaparecidas, el control de grandes eventos y el apoyo en intervenciones de riesgo. Su presencia incrementa el efecto disuasorio, la rapidez en la actuación policial y la especialización técnica. La inversión en estas unidades mejora la capacidad de respuesta policial y proyecta una imagen de profesionalidad y modernización del servicio.

3.10.2.              Además, las unidades caninas favorecen una intervención más precisa y segura para los agentes. La combinación del binomio guía–perro optimiza los recursos disponibles y mejora la eficacia en controles, registros y dispositivos especiales. Su utilización resulta especialmente relevante en eventos multitudinarios y operativos preventivos.

3.10.3.              Unijepol-Aucapol impulsará la creación y consolidación de estas unidades en los Servicios de Policía Local, prestando apoyo y asesoramiento para el desarrollo y la extensión de estas unidades mediante una adecuada planificación, formación continua y control veterinario. El cumplimiento de protocolos de bienestar animal y la evaluación periódica de resultados garantizan su correcta integración. De este modo, se consolida un servicio especializado, eficiente y orientado al interés general.

3.11.   Unidades de Intervención Policial.

3.11.1.              La implantación de unidades de intervención en las Policías Locales responde a la necesidad de contar con recursos especializados para afrontar situaciones de especial complejidad y riesgo. Estas unidades permiten una actuación rápida, profesional y coordinada ante alteraciones graves del orden público y operativos de alta exigencia. Su creación -en aquellos municipios donde resulta posible- refuerza la capacidad operativa de la Seguridad Local. No obstante, la puesta en marcha de este tipo de unidades debe condicionarse y adaptarse a la capacidad operativa de las diferentes Policías Locales.

3.11.2.              Su desarrollo exige una planificación rigurosa, formación avanzada y dotación de medios personales y materiales adecuados, además de suficientes. El respeto al marco jurídico vigente, la coordinación con otros cuerpos policiales y la evaluación continua de resultados garantizan actuaciones proporcionadas y eficaces. De este modo, se consolida un modelo de intervención especializado e integrado en el sistema de seguridad pública.

3.12.   Protección Animal.

3.12.1.              La Protección Animal se ha consolidado como una competencia relevante para las Policías Locales, vinculada a la convivencia, la seguridad y la sensibilidad social. La intervención ante el maltrato, el abandono o la tenencia irresponsable, conforme se regula en el ordenamiento jurídico, refuerza la imagen de una policía cercana y comprometida. Este área también exige formación específica, protocolos claros y colaboración con servicios veterinarios y entidades no gubernamentales.

3.12.2.              Unijepol -como lo viene haciendo desde hace años- seguirá impulsando esta especialización, en colaboración con entidades como la Red para la Protección Animal y la Dirección General de Derechos de los Animales del Ministerio de Asuntos Sociales y Agenda 2030. Asimismo, Unijepol seguirá trabajando con sus socios en incrementar y mejorar la formación de las Policías Locales en este ámbito de actuación y en la elaboración de protocolos y manuales de procedimiento para hacer más eficaz la actuación policial.

3.13.   Protección Medioambiental.

3.13.1.              La Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen Local, atribuye a los municipios competencias propias en materia de protección del medio ambiente. En este marco, las entidades locales pueden actuar en ámbitos como la gestión de residuos, la protección contra la contaminación acústica y atmosférica, y la conservación de espacios naturales urbanos. Estas competencias se ejercen en atención al interés general y a la calidad de vida de la ciudadanía.

3.13.2.              Asimismo, la Ley de Bases legitima la actuación de las policías locales como instrumento de ejecución y control de la normativa ambiental municipal. A través de funciones de vigilancia, inspección y denuncia, los ayuntamientos garantizan el cumplimiento de ordenanzas y disposiciones ambientales. De este modo, el régimen local se configura como un pilar esencial en la protección ambiental desde la proximidad y la acción preventiva.

3.13.3.              Las unidades de protección medioambiental de las Policías Locales tienen ya una larga trayectoria y están relativamente extendidas. Integrar esta línea estratégica de trabajo de las Policías Locales refuerza la sostenibilidad y la calidad de vida en el municipio, por lo que Unijepol impulsará esta especialización, adaptada a la realidad de cada municipio.

3.14.   Agentes Tutores.

3.14.1.              Los Agentes Tutores representan una línea estratégica clave para las Policías Locales porque refuerzan la prevención desde la base educativa y social. Su labor se centra en la protección de menores y adolescentes, con especial atención al entorno escolar, familiar y digital. Este modelo permite detectar de forma temprana situaciones de acoso, absentismo, violencia, consumo de sustancias o riesgos asociados al uso de redes sociales.

3.14.2.              La figura del Agente Tutor actúa como enlace directo entre la policía, los centros educativos, las familias y los servicios sociales, lo que facilita una intervención coordinada y eficaz. Su presencia continuada genera confianza entre los menores y el profesorado, favorece la comunicación y reduce la conflictividad antes de que derive en conductas infractoras y/o delictivas.

3.14.3.              Desde una perspectiva estratégica, este servicio exige agentes específicamente formados en infancia, adolescencia, mediación y normativa de protección del menor. Consideramos que los municipios que apuestan por los Agentes Tutores invierten en prevención real, mejoran la convivencia y refuerzan la seguridad a medio y largo plazo, actuando sobre las causas de los problemas y no solo sobre sus consecuencias.

3.16.   Prevención del delito mediante el diseño ambiental.

3.16.1.              Unijepol considera que CPTED (Prevención del Delito mediante el Diseño Ambiental, en sus sigles en inglés) es un enfoque de prevención del delito mediante el diseño ambiental, parte del principio de que el diseño y la gestión de los espacios influyen directamente en la conducta humana para inhibir el delito o los conflictos.

3.16.2.              Se reconocen tres generaciones de los principios incluidos en CPTED. La primera generación se basa en principios interrelacionados como la vigilancia natural, el control natural de accesos, la territorialidad, el mantenimiento, con el objetivo del control informal crear espacios más visibles, controlados y defendibles. La segunda generación incorpora la participación comunitaria para mejorar la cohesión social y la atención a factores sociales y culturales, reforzando el sentimiento de pertenencia y la corresponsabilidad en la seguridad. La tercera generación amplía el enfoque hacia la salud pública, la sostenibilidad y las “ciudades inteligentes”, alineando la prevención del delito con el desarrollo urbano sostenible y la mejora de la calidad de vida. 

3.17. Liderazgo de la Policía Local en la gestión de emergencias.

3.17.1.              La defensa del liderazgo de la Policía Local en la gestión de emergencias se fundamenta en los principios de proximidad, subsidiariedad, eficiencia operativa y protección integral de la ciudadanía, recogidos en el marco normativo vigente y en los modelos contemporáneos de gestión de emergencias en el ámbito local.

3.17.2.              Principio de proximidad y conocimiento del entorno local. La Policía Local constituye el servicio público de seguridad más cercano al territorio y a la ciudadanía, lo que le confiere una ventaja operativa determinante en contextos de emergencia. Este posicionamiento se basa en: el conocimiento detallado del viario urbano y rural; la identificación previa de zonas de riesgo (áreas inundables, pasos subterráneos, taludes o zonas industriales); el conocimiento de infraestructuras críticas y equipamientos sensibles; la relación directa con barrios, colectivos vulnerables y entidades locales. El conocimiento del entorno permite una toma de decisiones inmediata, contextualizada y eficaz, especialmente en las fases iniciales de la emergencia, donde el factor tiempo resulta determinante.

3.17.3.              Capacidad de respuesta inmediata y rol de primer interviniente. En la mayoría de situaciones de emergencia, la Policía Local actúa como primer interviniente, siendo con frecuencia el primer recurso institucional presente en el lugar del incidente. Entre sus funciones iniciales destacan: el aseguramiento del área afectada; la regulación, desvío o corte del tráfico; la ejecución de evacuaciones preventivas o confinamientos; la protección inmediata de personas y bienes; la primera evaluación de daños y riesgos; y la transmisión de información operativa fiable a los centros de coordinación. Este papel operativo inicial justifica que la Policía Local pueda asumir la dirección operativa en las primeras fases de la emergencia, evitando vacíos de mando y garantizando una respuesta organizada desde el primer momento.

3.17.4.              Fundamentación jurídica y competencial. El liderazgo operativo inicial de la Policía Local encuentra respaldo en el marco normativo vigente, concretamente en la Ley Orgánica 2/1986, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, en su artículo 53: establece funciones de auxilio y colaboración en casos de accidente, catástrofe o calamidad pública; Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen Local, que reconoce competencias municipales en materia de seguridad, protección civil y gestión del territorio; Ley 17/2015, del Sistema Nacional de Protección Civil, que reconoce a las Policías Locales como servicios esenciales de intervención dentro del Sistema de Protección Civil; Planes Territoriales y Municipales de Emergencia, que integran a la Policía Local como elemento clave en la dirección y coordinación operativa en el ámbito municipal. Este marco jurídico no solo habilita, sino que refuerza y legitima el papel de liderazgo operativo de la Policía Local en emergencias de ámbito municipal.

3.17.5.              Capacidad de liderazgo operativo y de coordinación interinstitucional. La Policía Local dispone de estructuras jerárquicas y funcionales que permiten ejercer funciones de mando, control y coordinación, especialmente en escenarios complejos o de alta presión operativa. Entre sus capacidades destacan: coordinación con bomberos, servicios sanitarios, protección civil y servicios técnicos municipales; integración en Puestos de Mando Avanzado (PMA); centralización y distribución de información operativa; gestión dinámica de recursos humanos y materiales en tiempo real. Este liderazgo operativo favorece una respuesta integrada, coherente y eficaz, minimizando duplicidades, conflictos competenciales o situaciones de descoordinación entre servicios.

3.17.6.              Legitimidad institucional y relación con la ciudadanía. La Policía Local goza de una elevada legitimidad social derivada de su cercanía, presencia continuada y conocimiento del tejido social del municipio. Esta posición facilita: el cumplimiento de órdenes de evacuación, confinamiento o restricción de accesos; la reducción de la alarma social y del pánico colectivo; el refuerzo de la percepción de control institucional y seguridad. En situaciones de crisis, la autoridad próxima y reconocida resulta especialmente eficaz para transmitir instrucciones y generar confianza en la población.

3.17.7.              Integración con los recursos municipales. La gestión de emergencias derivadas de fenómenos meteorológicos adversos o situaciones de riesgo complejo exige una respuesta transversal que trasciende el ámbito estrictamente policial. En este contexto, la Policía Local actúa como elemento vertebrador de la respuesta municipal, facilitando la coordinación entre: servicios técnicos municipales; áreas de obras, mantenimiento, abastecimiento y saneamiento; servicios sociales y atención a personas vulnerables; equipos de comunicación institucional. Esta capacidad de integración permite optimizar los recursos disponibles y garantizar una respuesta municipal coordinada e integral.

3.17.8.              Contexto actual y necesidad estratégica. El incremento de fenómenos extremos asociados al cambio climático —como DANAs, olas de calor, inundaciones repentinas o incidentes de gran magnitud— exige modelos de gestión de crisis basados en la anticipación, la proximidad y el liderazgo local. En este escenario, la Policía Local, por su implantación territorial, disponibilidad permanente y conocimiento del entorno, se configura como un actor estratégico esencial para afrontar los nuevos riesgos emergentes.

3.17.9.              Alcance del liderazgo: dirección inicial y coordinación, no exclusividad. El liderazgo operativo propuesto no implica exclusividad ni sustitución de otros cuerpos o administraciones, sino: la asunción de la dirección operativa inicial en el ámbito municipal; la coordinación eficaz de los recursos disponibles hasta la activación o asunción del mando por instancias superiores cuando proceda; la garantía de continuidad, orden y coherencia en la gestión de la emergencia.

3.17.10.            Conclusión institucional. Desde una perspectiva técnica, jurídica y organizativa, las Policías Locales se encuentran plenamente capacitadas y legitimadas para asumir el liderazgo en la gestión inicial de emergencias en el ámbito municipal. Su proximidad al territorio, su capacidad de respuesta inmediata y su papel integrador dentro de la estructura municipal las convierten en el eje central de la protección civil local y en un elemento determinante para la protección de vidas, bienes y cohesión social.

3.18.   Transformación digital y gobernanza del dato/IA.

3.18.1.              La Seguridad Local se desarrolla ya en un entorno plenamente digital. La eficacia del servicio policial depende, en gran medida, de la capacidad para gestionar información de calidad, asegurar su disponibilidad operativa y garantizar que el tratamiento de datos se realice con plena seguridad jurídica y respeto a los derechos fundamentales.

3.18.2.              Unijepol considera que el avance tecnológico debe ir acompañado de una gobernanza del dato que asegure interoperabilidad, trazabilidad y calidad de la información. Esto implica definir estándares comunes, asegurar una gestión documental y digital adecuada, y reforzar la coordinación con otras fuerzas policiales y con el sistema judicial, de forma que la información sea útil, segura y verificable.

3.18.3.              En el uso de tecnologías avanzadas (analítica de vídeo, automatización de procesos o herramientas basadas en algoritmos), defendemos que su implantación se realice con criterios de proporcionalidad, evaluación previa de impacto, supervisión y auditoría, garantizando la transparencia interna y el control de sus efectos operativos.

3.18.4.              Unijepol impulsará jornadas formativas donde se ofrecerán recomendaciones para una transformación digital responsable en las Policías Locales, que contribuya a mejorar la eficiencia, la seguridad jurídica de las actuaciones y la confianza de la ciudadanía en el servicio público.

3.19.   Deontología policial

3.19.1.              Unijepol defiende el firme compromiso de las Policías Locales con la defensa y garantía de los valores constitucionales y los derechos y libertades democráticas. Estos valores deben presidir todas sus actuaciones y la dirección profesional de las Policías Locales debe velar porque así sea.

3.19.2.              Creemos que los centros oficiales de formación de las Policías Locales deben ampliar y mejorar sustancialmente sus currículums en toda la formación selectiva en este ámbito, para garantizar el compromiso de los componentes de los Servicios de Policía Local con los derechos humanos y las libertades públicas de las personas. Así mismo, proponemos que en toda la formación de procedimientos tácticos se incluyan apartados relativos al estricto respeto de la Constitución y del ordenamiento jurídico, bajo la premisa que siempre se deben respetar la dignidad y derechos de las personas.

  1. Movilidad sostenible, seguridad y educación vial.

4.1.      La Movilidad Sostenible.

4.1.1.  La movilidad sostenible es un modelo de desplazamiento que busca satisfacer las necesidades de transporte de las personas reduciendo el impacto ambiental, mejorando la seguridad vial y garantizando la equidad y accesibilidad, priorizando modos como caminar, la bicicleta y el transporte público, y usando de forma racional el vehículo privado.

4.1.2.  Las Policías Locales deben involucrarse activamente en el impulso de las políticas públicas de Movilidad Sostenible, porque tienen una relación directa con la Seguridad Vial, ya que reducen accidentes al fomentar entornos urbanos más calmados y seguros; con la salud y la calidad de vida, ya que disminuyen la contaminación y el ruido en las ciudades; en la ordenación del tráfico, porque facilita una gestión más eficiente del espacio público (zonas 30, peatonalizaciones, carriles bici); y en la educación cívica, porque contribuye a la educación vial y la prevención, promoviendo hábitos de movilidad responsables. En resumen, la movilidad sostenible ayuda a construir ciudades más seguras, saludables y habitables, y las Policías Locales son un actor esencial para que ese modelo funcione en la práctica.

4.2.      La Seguridad Vial.

4.2.1.  La seguridad vial es el conjunto de normas, medidas, infraestructuras y comportamientos destinados a prevenir los siniestros viales y a reducir sus consecuencias, protegiendo la vida y la integridad de todas las personas usuarias de la vía: peatones, ciclistas, usuarios de otros VMP, conductores y pasajeros.

4.2.2.  Para Unijepol, la Seguridad Vial es una de las más importantes “razones de ser” de las Policías Locales, ya que supone una competencia exclusiva en el ámbito urbano. En consecuencia, consideramos que debe ser uno de los principales focos de atención de las Policías Locales y rechazamos los enfoques que pretenden relegarla a una cuestión secundaria. Creemos que la dirección profesional de las Policías Locales debe armonizar la atención a otros problemas de seguridad ciudadana y convivencia con la adecuada atención a la Seguridad Vial.

4.2.3.  La atención de las Policías Locales a la Seguridad Vial debe integrar aspectos como: 1º) La prevención de siniestros: mediante la vigilancia, el control del tráfico y la detección de conductas de riesgo (velocidad, alcohol, distracciones); 2º) La protección de los colectivos vulnerables: especialmente peatones, ciclistas, personas mayores y menores; 3º) La respuesta ante siniestros: atención inmediata, regulación del tráfico y apoyo a los servicios de emergencia; y 4º) El control de la aplicación de la normativa: para garantizar el cumplimiento de las leyes y ordenanzas, reforzando la convivencia y el respeto en la vía pública. En definitiva, consideramos que la seguridad vial es un pilar básico de la convivencia en las comunidades locales y que las Policías Locales representan el servicio fundamental para hacerla efectiva y salvar vidas.

4.2.4.  La investigación de siniestros viales es otra de las líneas de trabajo estratégica para las Policías Locales en materia de seguridad vial, porque permite conocer las causas reales de los accidentes, depurar responsabilidades y desarrollar una prevención eficaz y la mejora continua de la seguridad vial.

4.2.5.  La investigación de siniestros viales tiene y una Importancia estratégica para las Policías Locales, por las siguientes razones: 1º) Nos permite desarrollar la prevención basada en evidencias: el análisis técnico de los siniestros (velocidad, alcohol, infraestructura, señalización, factores humanos) permite diseñar medidas preventivas ajustadas a la realidad local; 2º) Reducción de la siniestralidad, ya que permite identificar puntos negros y patrones de riesgo, ayuda a priorizar la vigilancia policial y a hacer mejoras en las vías y en su señalización; 3º) Calidad jurídica y garantías: una investigación rigurosa aporta informes sólidos para procedimientos judiciales y administrativos, protegiendo derechos y reforzando la seguridad jurídica; 4º) Atención a las víctimas: contribuye al reconocimiento de los hechos, a la verdad de lo ocurrido y a una respuesta institucional más humana y justa; 5º) Coordinación interinstitucional: facilita el trabajo conjunto con juzgados, fiscalías, servicios de emergencia y áreas municipales de movilidad y urbanismo; y 6º) Nos da prestigio profesional, al consolidar a la Policía Local como un cuerpo técnico, especializado y clave en la seguridad vial. En definitiva, investigar los siniestros viales no es solo aclarar lo ocurrido, sino aprender de cada accidente para evitar el siguiente, convirtiendo la actuación policial en una herramienta estratégica de protección de la vida.

4.2.6.  Consideramos que la Guía de Buenas Prácticas para el Ejercicio de las Funciones de Seguridad Vial por las Policías Locales, elaborada por Unijepol en colaboración con Fundación MAPFRE con la participación de un numeroso y diverso grupo de profesionales, y avalada por importantes instituciones y entidades no gubernamentales, supone un elemento muy relevante para orientar el trabajo de las Policías Locales en este ámbito competencial.

4.3.      La Educación Vial.

4.3.1.  La educación vial es el proceso de formación y concienciación que busca desarrollar conocimientos, actitudes y hábitos responsables en el uso de las vías públicas, promoviendo una convivencia segura y respetuosa entre todas las personas usuarias del tráfico desde edades tempranas.

4.3.2.  Desde hace décadas, las Policías Locales son el colectivo profesional que viene desarrollando un programa de educación vial en el ámbito escolar, que también se dirige a otros colectivos vulnerables, como personas con discapacidades, mayores, mujeres embarazadas, migrantes, trabajadores y trabajadoras, etc.

4.3.3.  Los más relevante beneficios de la actividad de Educación Vial desarrollada por las Policías Locales son: 1º) Prevención a largo plazo, ya que fomenta comportamientos seguros que reducen la siniestralidad; necesaria la sanción; 2º) Cercanía y confianza, ya que refuerza la imagen de la Policía Local como servicio público educativo y preventivo; 3º) Cambio cultural, ya que impulsa valores como el respeto, la responsabilidad y la convivencia en la vía pública; 4º) Complemento al control del cumplimiento de la normativa, porque la educación vial apoya y da sentido a la labor sancionadora, explicando el porqué de las normas. En resumen, la educación vial es una herramienta clave para crear una movilidad más segura y sostenible, y las Policías Locales desempeñan un papel esencial como agentes formadores y referentes sociales.

4.3.4.  Para Unijepol, el marco establecido en la denominada “visión holística de la educación vial en M.A.S.A.S.” (Movilidad Activa: fomentar hábitos saludables mediante desplazamientos activos. Segura: reducir la siniestralidad y proteger a los usuarios más vulnerables. Autónoma: como fórmula que pone en práctica real contenidos teóricos y Sostenible:  fomentar una conciencia ecorresponsable en la movilidad urbana) supone el mejor marco de referencia elaborado por los propios técnicos de Educación Vial de las Policías Locales.

4.3.5.  Unijepol promoverá que en los Centros Oficiales de Formación de las Policías Locales se garantice la Educación Vial, tanto en los cursos de acceso como en los de especialización, así como talleres específicos en los de promoción a categorías de mando.

4.3.6.  Unijepol defiende la necesidad de incorporar la Educación Vial en el currículum escolar de la Educación Infantil, ya que es en la única etapa educativa donde no se recoge, a pesar de que se puede realizar en esa etapa un trabajo básico de contenidos con una trascendencia importante en el proceso educativo.

  1. La utilidad y el papel de Unijepol.

5.1.      Unijepol, una asociación de jefes, directivos, mandos y especialistas de las Policías Locales.

5.1.1.  Actualmente Unijepol se conceptúa como una asociación profesional de jefes, directivos, mandos, profesionales y especialistas de las Policías Locales y, en general, de la Seguridad Local.

5.1.2.  Unijepol es una organización totalmente independiente de las administraciones públicas, de cualquier fuerza política u organización sindical, así como de cualquier otra entidad pública o privada.

5.1.3.  Los posicionamientos de Unijepol en relación a las cuestiones de su interés se expresan por los diferentes órganos de la Asociación, conforme establecen sus Estatutos, Reglamentos y las Ponencias aprobadas por su Congreso.

5.1.3.  Actualmente Unijepol está integrada:

1º)         Por los y las personas que están directamente asociadas a la Asociación.

2º)         Por los y las asociados a las asociaciones autonómicas que han suscrito acuerdos de asociación con Unijepol, que actualmente son: la Asociación de Jefes de Policía Local de Aragón (AJEPLA); Asociación de Jefes y Mandos de Policía Local de Asturias (AJEMPOL); Asociación de Jefes y Mandos de las Policías Locales de Galicia (AXEMPOL); Asociación Profesional de Jefes de Policía Local de Cantabria (JEPOLCAN); Asociación de Jefes de Policía Local de la Región de Murcia (AJPLRM).

3º)         Por las asociaciones autonómicas Asociación de Jefes y Directivos de las Policías Locales de Andalucía (AJDEPLA);  Asociació de Caps y Comandaments de Policia Local de Catalunya (ACCPOLC); y Federación de Asociaciones de Jefes de Policía Local de Canarias (FEAJEPOLCAN).

4º)         Por las asociaciones de especialistas Asociación Española de Pilotos y Operadores de UAS para la Seguridad y la Emergencia (AEPORSE) y Asociación de Guías Caninos de Policías Locales de España (AUCAPOL).

5.2.      El papel que asume Unijepol. Con 33 años de existencia y mucho esfuerzo individual y colectivo, Unijepol ha logrado convertirse en una marca de prestigio. Su capacidad integradora y un mensaje cargado de profesionalidad y rigor, han llamado la atención de las Administraciones Públicas y las Organizaciones No Gubernamentales y hoy somos la referencia de la Seguridad Local. Estas instituciones y entidades, cada vez con más frecuencia reservan un lugar para nuestros representantes o solicitan nuestra opinión. Pero esto, que sin duda es un logro, también lo consideramos como un alto nivel de responsabilidad y de exigencia.

5.3.      Los jubilados en Unijepol.

5.3.1.  La profesión policial no es una profesión más y esa circunstancia se hace todavía más patente en el caso de las Policías Locales, por nuestras especiales características de dispersión territorial y de una discriminación profesional histórica. Por eso, no consideramos que la jubilación debe suponer una separación automática y forzosa de nuestra asociación.

5.3.2.  Además, las especiales características de Unijepol (limitados recursos económicos e inexistencia de la figura de “liberados”), consideramos que -igual que ocurre en otras entidades similares de ámbito internacional- nuestros compañeros y compañeras jubilados pueden desarrollar un importante papel en la vida de nuestra asociación.

5.3.3.  En consecuencia con lo anterior y de acuerdo con nuestros Estatutos, Unijepol trabajará por que los compañeros jubilados y jubiladas permanezcan como socios de pleno derecho de la asociación en condiciones adaptadas a su nueva situación y con un papel tan activo y relevante como ellos quieran y aprueben nuestros asociados.

5.4.      Unijepol como una asociación prestadora de servicios a sus asociados/as. A pesar de sus limitados recursos y de su reducida cuota, Unijepol trabajará activamente por ampliar los servicios que actualmente presta a sus asociados y asociadas, especialmente en el ámbito del asesoramiento jurídico y de la protección con su póliza colectiva de seguro .

5.5.      SeguCITY digital y otros medios de comunicación de Unijepol.

5.5.1.  Unijepol expresa públicamente su posición a través de SeguCITY digital, su página web y sus redes sociales.

5.5.2.  SeguCITY, por sus especiales características (un medio de comunicación dirigido a las Policías Locales) recoge todo tipo de información de interés para las Policías Locales. Cuando Unijepol, a través de sus órganos estatutarios, expresa la opinión de la asociación, lo hace con una clara identificación, como “Comunicado de Unijepol”. El resto de los artículos firmados por los miembros del consejo de redacción o por colaboradores ocasionales se publicarán en el ejercicio del derecho a la libertad de expresión, pero representan exclusivamente la opinión de sus autores y no la de la asociación.

5.5.3.  SeguCITY no publicará artículos que expresen opiniones contrarias al orden constitucional o que llamen a la infracción de la deontología profesional o los principios básicos de actuación de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.

5.6.      La relación de Unijepol con las Administraciones Públicas.

5.6.1.  Como asociación representativa de la dirección profesional de las Policías Locales, Unijepol pretende una relación de colaboración con todas las administraciones públicas (estatales, autonómicas y locales) que, de una manera o de otra, asumen competencias del interés de la Seguridad Local. A todas ellas, Unijepol les ofrece una colaboración leal y sincera, basada en nuestra experiencia profesional y nuestras capacidades técnicas.

5.6.2.  Unijepol trabajará por mantener una especial relación de colaboración con el Ministerio de Interior, especialmente con la Dirección General de Tráfico, con la Dirección General de Derechos de los Animales (Ministerio de Asuntos Sociales y Agenda 2030) y con las Comunidades Autónomas, en todo lo referido a su competencia en materia de coordinación de las Policías Locales.

5.6.3.  Sin perjuicio de lo establecido en el apartado anterior, para el adecuado cumplimiento de sus fines y objetivos, y en el ejercicio de sus derechos, Unijepol se reserva el derecho de crítica pública y las acciones legítimas que procedan ante las decisiones de las administraciones públicas que considere no conformes al ordenamiento jurídico, erróneas o lesivas para una gestión eficaz de la Seguridad Local.

5.7.      La relación de Unijepol con la FEMP.

5.7.1.  La relación de colaboración de Unijepol con la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) abarca ya décadas de experiencia y consideramos que ha sido muy fructífera para ambas partes, por lo que nos esforzaremos en mantenerla y fortalecerla en una situación de privilegio.

5.7.2.  El Convenio de Colaboración suscrito entre la FEMP y Unijepol supone un marco adecuado para seguir desarrollando proyectos conjuntos entre ambas entidades. Para Unijepol, la consideración de nuestra asociación como asesora técnica de la FEMP en los asuntos relacionados con las funciones y competencias de las Policías Locales, así como el desarrollo de acciones de reconocimiento de las prácticas y actuaciones meritorias de las Policías Locales y de sus componentes, es el enfoque más adecuado para la relación entre ambas entidades.

5.8.      Unijepol y los sindicatos policiales.

5.8.1.  Unijepol es una asociación de carácter profesional con los fines y objetivos que se recogen en sus Estatutos. En consecuencia, a excepción de aquellos aspectos relacionados con la defensa de la dignidad y la profesionalidad de las Policías Locales, entre los fines de Unijepol no se encuentra la defensa de derechos de carácter laboral.

5.8.2.  Lo recogido en el apartado anterior, se entiende sin perjuicio de la utilización de los servicios jurídicos de Unijepol por sus asociados y asociadas individuales para hacer valer sus derechos, en los términos establecidos por la póliza de seguro colectivo suscrita por la asociación o por los contratos existentes con servicios de asesoramiento y asistencia jurídica.

5.8.3.  Conforme establecen nuestros Estatutos, la afiliación a sindicatos es compatible con la pertenencia a la asociación. Unijepol está plenamente comprometida con la libertad sindical y reconoce expresamente los importantes logros laborales conseguidos por las centrales sindicales más representativas en nuestro colectivo profesional.

5.8.4.  La relación de Unijepol con las organizaciones sindicales se basará en los principios de absoluta independencia y respeto mutuo. Desde este enfoque, Unijepol podrá mantener relaciones de colaboración con las organizaciones sindicales representativas de las Policías Locales y de otras Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, siempre que existan objetivos o intereses comunes, relacionados con los fines de la asociación.

5.9.      Unijepol y las Organizaciones No Gubernamentales.

5.9.1.  Casi desde los inicios de su constitución, para el mejor cumplimiento de sus fines, Unijepol ha establecido relaciones de colaboración con entidades no gubernamentales de todo tipo, que actúan en los diferentes ámbitos de interés para la Seguridad Local. Consideramos que la relación con este tipo de entidades es beneficiosa para todas las partes y contribuye a un mayor conocimiento de las Policías Locales y a la mejora de su imagen pública.

5.9.2.  Seguiremos potenciando nuestra relación con las organizaciones representativas de la sociedad civil, porque consideramos que la Policía Local del siglo XXI debe ser un servicio público de seguridad cercano y que avanza profesionalmente anteponiendo las necesidades y demandas de la ciudadanía.

5.9.3.  Valoramos de forma especial nuestra relación con las organizaciones que representan a las víctimas de accidentes de tráfico y las entidades comprometidas con la mejora de la seguridad vial y la gestión de la sociedad diversa en su más amplio sentido.

5.10.   Unijepol y las organizaciones internacionales de jefes de Policía Local.

5.10.1.              Unijepol seguirá manteniendo e impulsando su relación con aquellas entidades que representen a nivel internacional a la dirección profesional de los servicios policiales y, de forma especial, de las Policías Locales, de cara establecer sinergias y proyectos conjuntos de interés para la Seguridad Local.

5.10.2.              En ese contexto general, Unijepol cultivará la relación que ya ha iniciado con la Asociación Internacional de Jefes de Policía.

Abril de 2026

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