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A partir del 30 de septiembre el acceso al registro de vehículos de la DGT sólo se podrá hacer a través de la Plataforma de Intermediación de Datos

Esquema de funcionamiento de la Plataforma
Un poco de todo
A través de un breve comunicado en Sede Electrónica del Gobierno de España, la Dirección General de Tráfico “recuerda” que el 30 de Septiembre de 2024, el acceso al registro de vehículos de la DGT por parte de las Entidades Locales será exclusivamente a través de la Plataforma de Intermediación de Datos de la Secretaría General de Administración Digital.

Por ello, según informa ese comunicado: “todas aquellas Entidades Locales que todavía estén accediendo al registro de DGT a través del servicio web de ATEX o a través de la aplicación web con usuario/contraseña, deben comenzar de inmediato su integración en la PID, para no verse afectados por el corte del servicio llegado el momento”.

Enlace facilitado por la DGT: Toda la documentación al respecto se puede encontrar aquí

¿Que es la Plataforma de Intermediación de Datos?

La DGT provee a través de la Plataforma de Intermediación de Datos, PID, de información para otras administraciones (Administración General del Estado, Administraciones Autonómicas y Entidades Locales) referente a vehículos, conductores y sanciones.

Para poder tener acceso al catálogo de servicios de la DGT es necesario una autorización previa, siendo necesario realizar una solicitud de autorización por cada procedimiento que se desee consultar.

Recuerda que en caso de incumplimiento de las condiciones de servicio definidas en el acuerdo entre Función Pública y la DGT a la hora de realizar las consultas, tras un requerimiento, la DGT puede establecer una suspensión temporal o una revocación definitiva de la autorización al organismo para el acceso a los datos.

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