Un total de 44 municipios de la provincia de Granada, lo que supone más del 25% de las localidades granadinas, han delegado en la Dirección General de Tráfico (DGT) la gestión de las sanciones por infracciones a las normas de tráfico, circulación y seguridad vial cometidas en su término municipal.
Esta delegación implica que los expedientes sancionadores —incluida su tramitación, resolución y gestión de recursos— son instruidos por la Jefatura Provincial de Tráfico de Granada. En consecuencia, las personas sancionadas en estos municipios deben dirigirse a la DGT, y no al ayuntamiento correspondiente, tanto para el pago de las multas como para la presentación de alegaciones o recursos.
La cesión de estas competencias suele producirse en municipios pequeños o con escasa capacidad administrativa, donde mantener un sistema propio de gestión sancionadora resulta más costoso que la recaudación efectiva obtenida por las multas, especialmente teniendo en cuenta los descuentos por pronto pago.
Pese a esta delegación, la ordenación, regulación y vigilancia del tráfico urbano continúa siendo competencia municipal. Estas funciones siguen siendo desempeñadas por la Policía Local y, en aquellos municipios que carecen de este cuerpo, por la Guardia Civil de Tráfico, que mantiene la labor de vigilancia y denuncia de las infracciones.
Marco legal y procedimiento
La transferencia de la competencia sancionadora está prevista en el artículo 84.4 del Real Decreto Legislativo 6/2015, por el que se aprueba la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. El procedimiento requiere:
- Acuerdo previo del Pleno del Ayuntamiento, solicitando la cesión por insuficiencia de medios u otras razones justificadas.
- Aceptación formal por parte del Jefe Provincial de Tráfico, mediante resolución expresa.
- Publicación de dicha resolución en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP), momento a partir del cual la delegación surte efectos.
Esta delegación puede ser temporal o permanente, y los municipios pueden solicitar su recuperación si en el futuro disponen de medios suficientes para asumir nuevamente la gestión de las sanciones.
Destino de la recaudación
Una vez asumida la competencia por la DGT, la recaudación íntegra de las multas pasa al Estado, sin compensación económica para los ayuntamientos. Los ingresos se gestionan en vía voluntaria o ejecutiva —en este último caso a través de la Agencia Tributaria— y se destinan exclusivamente a los fines establecidos por la ley.
Según la normativa vigente, los importes recaudados se reinvierten en seguridad vial, incluyendo sistemas de control como radares y alcoholímetros, infraestructuras tecnológicas, formación, estudios, campañas de prevención y financiación de los servicios de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil. En 2024, la DGT alcanzó una recaudación media cercana a los 1,3 millones de euros diarios en sanciones a nivel estatal.
Municipios adheridos en la provincia de Granada
Entre los 44 municipios que han delegado la gestión sancionadora en la DGT se encuentran, entre otros: Albuñuelas, Bubión, Capileira, Dúrcal, Ferreira, Jun, La Calahorra, Molvízar, Nívar, Pampaneira, Trevélez, Vélez de Benaudalla y Víznar, además de otras localidades del área metropolitana, la Alpujarra y el norte de la provincia.
Cabe recordar que quedan excluidas de la competencia sancionadora municipal —y, por tanto, siempre corresponden a la DGT— las infracciones relacionadas con autorizaciones administrativas, condiciones técnicas de los vehículos y seguro obligatorio, recogidas en el Título IV de la Ley de Seguridad Vial.
















