José Francisco Cano de la Vega, director de SeguCITY digital
Desgraciadamente no es la primera vez que ocurren estas cosas, independientemente de quien ejerza el Gobierno en la Comunidad de Madrid o en el Ayuntamiento. Por ejemplo, aunque la Ley de Coordinación así lo exigía, hubo mucho tiempo que los policías de Madrid no hacían el curso básico en la Academia Regional, y nunca han portado el escudo de la Comunidad de Madrid en su uniforme, mientras que si lo hacían -sin excepción- el resto de los Cuerpos de Policía Local de la Comunidad de Madrid.
Sin embargo, parecía que esta vez todo iba a ser diferente, ya que la Policía Municipal de Madrid tuvo una activa participación en la Comisión Regional de Coordinación de las Policías Locales, por lo que se entendía que el consenso iba a ser efectivo. Pero no, el Ayuntamiento de Madrid sigue empeñado en seguir demostrando que mea más lejos que nadie, parece obligado a hacerse siempre notar, aunque supone muy mal ejemplo para los madrileños: ¿Cómo puede la Policía Municipal exigir a nadie el cumplimiento de las normas, si es una institución que se vanagloria de no cumplir las que le afectan?
El caso es que el Director General de Policía Municipal mantendrá en el brazo izquierdo del uniforme de los agentes el escudo del Ayuntamiento de Madrid y no el de la Comunidad de Madrid, tal y como establece la ley. Dice que lo hace como signo de identidad histórica, y la Comunidad contesta con una obviedad: que los Cuerpos de Policía deben acatar el Reglamento de uniformidad. Todas las Policías Locales de la Región, a excepción de la capital, llevan en su uniformidad el distintivo regional.
Y aún más. La Policía Municipal de Madrid no sólo incumple la normativa autonómica de coordinación de las Policías Locales, sino su propio Reglamento del Cuerpo de Policía Municipal de Madrid de 31/03/1995, que en su artículo 145.4 sobre emblemas, exige que «en el brazo izquierdo se portará el escudo de la Comunidad de Madrid, que contendrá las leyendas: Comunidad de Madrid, en su parte superior, y Policía Municipal, en la inferior».
En la respuesta a la pregunta que le realizó al respecto un estudioso de la uniformidad de la Policía Municipal, el Director General de la Policía Municipal, Pablo Enrique Rodríguez Pérez, le contestó que «en el Fuero de Madrid (1202) aparece la primera referencia a una Fuerza Armada dependiente del Municipio, bajo la institución del nombre Alguacil», añadiendo que «…el tamaño, trayectoria histórica y recursos del Cuerpo de Policía Municipal de Madrid, ha tenido como consecuencia que no se haya incluido a Madrid en muchas de las iniciativas destinadas a coordinar municipios de menor tamaño y con cuerpos más pequeños, sino que se adopta una estrategia de coordinación distinta al resto».
Concluyó el director explicando que «es por ello que, el Cuerpo de Policía Municipal de Madrid mantiene el escudo del Ayuntamiento de Madrid en emblema de brazo como signo de identidad histórica, de la misma manera que mantiene la denominación de Policía Municipal, y que así mismo se encuentra unida a la realidad histórica de la capital del Estado, prevista constitucionalmente y recogida en la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid». Finaliza diciendo que «de esta manera, el citado escudo es la representación de la Villa de Madrid, con la singularidad que supone ser la Capital del Estado, como viene recogido en el artículo 5 de la Carta Magna, tanto desde el punto de vista institucional como histórico, siendo además la Policía Municipal de Madrid el Cuerpo de Policía Local más antiguo de España».
Evidentemente, el director “se olvidó” que la propia Ley de Coordinación de las Policías Locales siempre autorizó a que los servicios de Policía Local pudieran mantener la denominación “Policía Municipal”, por razones de tradición histórica, lo que ahora no viene de ninguna manera al caso.
La subdirectora General de Seguridad de la Comunidad de Madrid indicó que en el plazo máximo de «18 meses a partir de la entrada en vigor del reglamento (9 de mayo de 2023), las entidades locales deberán adecuar la uniformidad de sus respectivas policías locales a las especificaciones contenidas en el mismo». Esto supone que el próximo día 9 de noviembre, la Policía Municipal de Madrid y todos los Cuerpos de Policía Local de la Comunidad tienen que acatar el reglamento con todos los detalles de la uniformidad. De hecho, existe una notificación a los ayuntamientos procedente de la Dirección General de Seguridad de la Comunidad de Madrid sobre la exigencia de emblemas en los uniformes policiales, y que tienen de plazo hasta el 9 de noviembre de 2024 para cumplir la normativa.
Un portavoz del Ayuntamiento de Madrid señaló a un medio de comunicación que «la uniformidad de la Policía Municipal de Madrid fue totalmente renovada hace un año y no se prevén cambios». También apuntó que «los uniformes se adaptan a la última normativa de uniformidad establecida por la Comunidad de Madrid para todos los cuerpos de policía de la región, incorporando por primera vez además del emblema propio del Cuerpo, las enseñas nacional y regional». Ambas enseñas las llevan los agentes de la Policía Municipal en la parte posterior del uniforme.
La vicealcaldesa y portavoz municipal, Inmaculada Sanz, ha sido preguntada este viernes por la mañana por el asunto y ha dicho que los uniformes «por primera vez han incorporado la bandera de España detrás, también la bandera de la Comunidad y, por supuesto, sigue teniendo el escudo de la Policía Municipal de Madrid, un cuerpo más que centenario», o sea: que se ha salido por la tangente. El hecho concreto es que la Policía Municipal de Madrid parece dispuesta a cometer una manifiesta deslealtad institucional con su Comunidad Autónoma y a incumplir la Ley sin despeinarse. Nadie duda de que mea más lejos que nadie, pero tampoco de que está dando muy mal ejemplo.