El Juzgado Contencioso Administrativo número 4 de Oviedo ha fallado a favor del Ayuntamiento de Siero (municipio asturiano de 52.500 habitantes) en una demanda interpuesta por el Sindicato Independiente de la Policía Local (Sipla) en la que se solicitaba «la nulidad de las Resoluciones de cobertura de comisiones de servicios tramitadas por el Ayuntamiento de Siero para desempeñar temporalmente el puesto de jefe en funciones de la Policía Local”.
Los hechos se remontan al 17 de enero de 2022, fecha en la que, por resolución de la Alcaldía del Ayuntamiento de Siero, se dispuso el nombramiento de dos funcionarios, agentes de la Policía Local del concejo, para desempeñar temporalmente sendos puestos de Subinspector de la Policía Local que se encontraban vacantes en ese momento. Nombramientos que fueron prorrogados debido a la continuidad de «la necesidad urgente de proveer dichos puestos con carácter provisional, para que cada uno de los grupos de trabajo sujetos a turnos pueda contar con un subinspector que asuma las funciones de jefatura del grupo correspondiente y de esta forma contar con una organización adecuada».
Sin embargo, el Sipla entendía, tal y como viene solicitando desde hace tiempo, que dicho nombramiento debe realizarse en función de la jerarquía que rige el cuerpo, por lo que piden que se efectúe «una provisión definitiva del puesto de trabajo de jefe en Funciones de la Policía Local de Siero a un funcionario de carrera con la categoría de subinspector», y no de agentes. Por ello, uno de sus representantes presentó una demanda para recurrir el nombramiento de Alcaldía.
Según el tribunal, el demandante debe ostentar «un interés legítimo para su impugnación, pues, en hipótesis, si se estimara el recurso contencioso administrativo vería satisfecha su pretensión para que se tramitara dicha solicitud y, en su caso, se estimara la revisión de oficio que promovió ante la Administración». En este sentido, «no se pone de manifiesto ningún legítimo interés para promover dicho procedimiento administrativo, que reporte al recurrente un beneficio cierto y efectivo en su esfera de derechos e intereses, o le libere de un perjuicio que venga padeciendo» y «procede la desestimación del presente recurso contencioso administrativo ante la falta de legitimación del actor para promover la revisión de oficio planteada». Contra el fallo cabe recurso.
El alcalde de Siero, Ángel García, que asegura haber perdido la cuenta de cuántas veces le ha demandado el Sipla, lamenta que «es realmente cansino que un sindicato policial se dedique únicamente a denunciar todo en busca de sus intereses y que sistemáticamente está perdiendo todas las denuncias y, sin embargo, no asume ningún tipo de responsabilidad».
Según el regidor, «la estrategia que tienen desde el sindicato es que ellos son los que tienen el poder sobre el cuerpo policial y ellos son los que tienen que hacer los nombramientos, los que tienen que decidir quiénes hacen horas extras, los que tienen que decidir quiénes son sus inspectores o subinspectores y los que tienen que estar en un sitio o en otro, en un destino o en otro». «Y eso, directa o indirectamente, es algo que es lo que les da el sentido de existir como sindicato porque es la manera que tienen de que la gente se afilie y seguir teniendo poder», añadió. En este sentido, García alegó que «en este Ayuntamiento el poder es de lo que marquen las normas, las leyes y de la libre concurrencia y del mérito y capacidad».
Ante las acusaciones por parte del sindicato de nombrar al jefe en funciones de la Policía Local por amistad, Ángel García es tajante. «Yo no quiero poner a nadie amigo mío porque yo no tengo ningún amigo en la policía. Y tampoco los quiero». «Yo quiero que esté la gente que mejor haga las cosas y que mejor atienda a los ciudadanos», concluyó.