La entrada en vigor el pasado 7 de marzo de la ley gallega de protección de la salud de menores ha activado dispositivos de control policial en ciudades como Vigo, donde la Policía Local supervisa el cumplimiento en entornos escolares. La normativa, que prohíbe el acceso de menores a bebidas energéticas, ya ha provocado una notable caída del consumo juvenil incluso antes de su aplicación efectiva.
La reciente entrada en vigor de la ley autonómica que regula la protección de la salud de las personas menores y la prevención de conductas adictivas ha supuesto un cambio relevante en Galicia. Desde el pasado 7 de marzo, queda prohibida la venta, consumo, tenencia y transporte de bebidas energéticas por parte de menores de edad, una medida que sitúa a la comunidad como pionera a nivel nacional.
En este contexto, la Policía Local de Vigo ha puesto en marcha un dispositivo específico de vigilancia en las inmediaciones de centros educativos. Estas actuaciones se centran especialmente en evitar el consumo de sustancias consideradas perjudiciales para la salud en un radio próximo a los centros escolares. De este modo, los agentes podrán sancionar conductas como fumar, vapear, consumir alcohol o ingerir bebidas energéticas en las inmediaciones de estos espacios.
El régimen sancionador contempla multas que parten de los 200 euros y pueden alcanzar los 3.000 euros en caso de reincidencia. Asimismo, la normativa obliga a los establecimientos a verificar la edad de los compradores mediante la solicitud del documento nacional de identidad cuando existan dudas, equiparando el control al ya existente para el alcohol.
Además de la prohibición directa, la ley introduce restricciones adicionales. Entre ellas, la imposibilidad de vender o permitir el consumo de bebidas energéticas en centros educativos, hospitales, espacios de ocio o eventos dirigidos a menores. También exige a los comercios que ubiquen estos productos en zonas diferenciadas del resto de refrescos para limitar su accesibilidad.
Uno de los puntos que genera preocupación es la disponibilidad de estas bebidas en máquinas expendedoras, donde en algunos casos siguen siendo accesibles sin control efectivo de edad. Este aspecto está siendo objeto de seguimiento por parte de las autoridades para garantizar el cumplimiento íntegro de la normativa.
La ley define como bebidas energéticas aquellas que contienen al menos 32 miligramos de cafeína por cada 100 mililitros, habitualmente combinada con otros estimulantes como taurina, guaraná o ginseng, lo que incluye a la mayoría de productos presentes en el mercado.
Antes incluso de su entrada en vigor, la medida ya había tenido un impacto visible. Según datos del Plan Nacional sobre Drogas, el consumo entre estudiantes gallegos de entre 14 y 18 años descendió del 45,6% al 31,3% en los últimos dos años, situándose por debajo de la media nacional. Expertos y familias atribuyen este descenso al efecto disuasorio generado por el debate público y la creciente concienciación sobre los riesgos asociados a estas bebidas.
Con esta iniciativa, Galicia se adelanta a otras comunidades autónomas en la regulación del acceso de menores a bebidas energéticas. A nivel estatal, por el momento no existe una normativa específica, aunque el Gobierno central ha mostrado interés en estudiar medidas similares.















