La Policía Local de Lugo, en el marco de sus competencias en materia de seguridad ciudadana y vigilancia de espectáculos públicos, llevó a cabo una actuación en un establecimiento del recinto histórico de la ciudad que realizaba una actividad de carácter extraordinario sin contar con la preceptiva autorización administrativa.
Durante un servicio común de control de establecimientos abiertos al público, los agentes comprobaron que en el local se desarrollaba una actividad extraordinaria no prevista como propia del mismo, con características distintas a las autorizadas para el ejercicio básico de dicho establecimiento. En base al Decreto que aprueba el catálogo de espectáculos públicos y actividades recreativas de Galicia, esta conducta se encuadra dentro del concepto de actividad extraordinaria.
Según dicho decreto, se entiende por actividad extraordinaria aquella que se desarrolla esporádicamente en establecimientos abiertos al público legalmente habilitados para celebrar un espectáculo público o actividad recreativa distinta de la actividad propia del establecimiento.
La falta de comunicación previa y autorización para el desarrollo de esta actividad extraordinaria constituye una infracción administrativa considerada cómo grave, y podría acarrear una sanción económica de hasta 30.000 euros.
Lo destacable es que este tipo de controles no solo buscan el cumplimiento normativo, sino que garantizan que las actividades extraordinarias se celebren con las debidas condiciones de seguridad, salubridad y derechos del público asistente, evitando riesgos derivados de aforos, evacuaciones o condiciones técnicas no adecuadas para este tipo de eventos que pondrían en peligro la integridad de las personas ante una emergencia.
Desde la Policía Local de Lugo se recuerda a los responsables de establecimientos que cualquier actividad extraordinaria debe ser comunicada previamente y contar con autorización expresa del órgano municipal competente.