El Tribunal Administrativo de Navarra (TAN) ha concedido a un policía local del Ayuntamiento de Cascante (Navarra) el derecho a disfrutar de un permiso parental retribuido de ocho semanas destinado al cuidado de un hijo. El funcionario solicitó este permiso al Ayuntamiento en marzo, pero la petición fue inicialmente denegada. Ante esta negativa, el agente presentó un recurso de alzada ante el TAN, que posteriormente resolvió que la decisión del Ayuntamiento de Cascante era contraria a derecho.
En su resolución, el TAN subraya que la denegación por parte del Ayuntamiento no se debió a que el permiso no fuera necesario o a que el solicitante no cumpliera los requisitos exigidos, sino a la ausencia de un desarrollo reglamentario específico. El tribunal considera que dicha falta de desarrollo reglamentario no impide el disfrute de este permiso parental, ya que se trata de un derecho individual reconocido por la legislación vigente de la Comunidad Foral de Navarra.
El sindicato Afapna, que defendió la demanda, destaca que esta sentencia supone un hito importante, ya que hasta el momento este derecho solo podía ser ejercido por el personal laboral. Así, por primera vez, un funcionario ha logrado acogerse a este derecho, tal y como establece la Directiva Europea. Por ello, el sindicato exige al Gobierno de Navarra que adopte las medidas necesarias para cumplir con la normativa europea y favorecer la conciliación familiar de todo el personal de la Administración Pública.
















