Policía Local y su “guerra” competencial entre Fuerzas y Cuerpos de Seguridad

Guerra competencial de las Policías Locales
Opinión
Francisco Javier Grau Zahonero.
Queda de pensar arcaico y no acoplado a la actualidad, el creer que la Policía Local es menos eficiente y profesional que los cuerpos estatales o autonómicos, pero aún quedan “eruditos” que piensan que este cuerpo policial, es inferior a otros, ya sea por medios técnicos materiales, por número de efectivos en las plantillas o por criterios operativos.

Es por eso, que debemos dignificar nuestra profesión como Policía Local, vistiendo el uniforme con pleno decoro y con la certeza propia, que no somos menos que otro colectivo policial, ya que únicamente nos separa de ellos las competencias establecidas en el marco normativo.

Para poder hacer ver lo expuesto en el parágrafo anterior, deberé de nombrar que no sería entendible, como disponiendo un municipio de cuerpo de Policía Local, pudiera hacerse cargo de la instrucción de un atestado de tráfico (producido por un siniestro vial con heridos) una patrulla de Policía Nacional. Tampoco sería comprensible, como la expedición del DNI, fuera realizado por la Policía Local, ya que no se disponen los medios técnicos oportunos ni la base de datos de información para ejercer dichos trámites.

Ser Policía Local, no es ser menos que otros cuerpos policiales, pero sí debemos de saber dónde empiezan y donde acaban nuestras competencias, pero no por ello, debemos de ceder ante argumentos descalificativos en determinadas intervenciones, ni denigrarnos ante otras FCCSS.

La Policía Local es como una “navaja Suiza”, donde disponemos de infinidad de intervenciones no catalogadas, no relacionadas en un único ámbito, ni tampoco visibles dentro de algún encuadre estipulado, pudiendo adjudicarlas en “otros”, aunque las funciones tasadas, vienen en el artículo 53 de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.

Dentro de este apartado catalogado como “otros”, entran servicios de toda índole; desde servicios sanitarios y ayuda asistencial a la ciudadanía, servicios de bienestar animal, vigilancia rural para la prevención de robos en los campos, servicios de mediación entre particulares, servicios de confrontación de lindes entre parcelas, etc.

Este tipo de intervenciones no te hacen menos humano o menos profesional como agente de la autoridad, pero si más polivalente y donde el ciudadano acude al cuerpo local por su confianza plena en su resolución y no en otros de ámbito estatal o autonómico. Este tipo de intervenciones “menos” gratificantes, no significa que no se sepan hacer de otras, dado que en el suponer de estar realizando un control de tráfico y seguridad ciudadana y encontrar una persona que ha cometido un delito contra la salud pública por tenencia de drogas, todos sabemos que nuestro atestado sería:

• Portada, documento resumen del atestado, diligencia de exposición de hechos (identificando persona y turismo), diligencia de lectura de derechos de la persona detenida, diligencia de reportaje fotográfico de la sustancia intervenida, diligencia de pesaje de la sustancia intervenida en la farmacia de guardia, diligencia de reseña de los objetos personales de la persona detenida, diligencia de antecedentes de la persona detenida, diligencia de entrega y remisión.

Las intervenciones propias de seguridad ciudadana, siempre se les atribuye a la “Policía de verdad”, pero más cierto es, que la Policía Local ha sufrido un cambio sustancial en sus nuevas generaciones, donde sus componentes cada vez más disponen de la formación (tanto táctica y operativa, como estudiantil) suficiente para afrontar nuevos hitos y especialidades.

No sería ilógico o contrario a la razón, que la Policía Local en un futuro, pudiera disponer de una sección de armamento y pudiera realizar cualquier trámite de intervención de armas o incluso, el control de explosivos, siendo en la actualidad, competencia de la Guardia Civil. Este trámite burocrático ya se realiza por entes municipales en armas de cuarta categoría (como las de aire comprimido, airsoft o paintball), donde se registran ante el Ayuntamiento del municipio y el trámite para obtener la tarjeta de armas lo concede el alcalde o la propia Policía Local.

En pleno siglo XXI, las policías locales de España han incrementado especialidades propias de cuerpos estatales, tales como brigadas operativas de seguridad ciudadana, unidades de documentoscopia, secciones de policía judicial y en lugares de costa, hasta unidades marítimas.

La Policía Local, dispone de los medios técnicos suficientes y las capacidades intelectuales de sus miembros, para ejercer todo tipo de actividad y afrontar situaciones críticas; no somos menos que otros cuerpos policiales y, por lo tanto, nos debemos de creer que lo valemos, a pesar de que sigan habiendo “coincidentes laborales” que crean que nos asemejamos a los antiguos serenos, un simple guarda o un agente “pone multas”.

Francisco Javier Grau Zahonero.
Agente de la Policía Local de Alzira (Valencia).

Francisco Javier Grau Zahonero

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