La delgada línea entre la sanción y la nulidad: la metrología en la era del VMP

La Policía Local y los VMP
Opinión
Maha España
La fiscalización de los Vehículos de Movilidad Personal (VMP) por parte de las administraciones locales exige un estándar de rigor técnico absoluto. Sin embargo, en el despliegue de controles en vía pública se observa a menudo una confusión de fondo entre los equipos que cuentan con una simple calibración y aquellos que disponen de una homologación de modelo con verificación primitiva. Un matiz decisivo que determina si una prueba es jurídicamente inexpugnable o si resulta fácilmente anulable ante un recurso.

La normativa de la DGT y la norma de ensayo EN 17128:2020 son taxativas respecto a la comprobación de velocidad: el procedimiento exige evaluar la velocidad máxima del vehículo manteniéndolo en el banco a su velocidad punta de manera ininterrumpida durante al menos 60 segundos.

Sistema de verificacion de velocidad de VMP

Para que este ensayo sea técnicamente veraz, la arquitectura del equipo de medición resulta crítica. El banco debe constar de rodillos totalmente pasivos, es decir, libres de cualquier motorización de ayuda que pueda impulsar la rueda o de sistemas de freno que opongan resistencia. Introducir un mecanismo de frenado bajo la pretensión de medir potencia en la misma prueba desvirtúa por completo el ensayo de velocidad máxima. Conviene señalar, además, que la propia regulación de medición de potencia especifica que las pruebas han de ser de 30 minutos y directamente sobre el motor.

Cualquier elemento en el equipo que altere el libre rodamiento del vehículo perjudica directamente la medición de la máxima velocidad alcanzable por el vehículo tal como indica la norma EN 17128:2020 en el apartado 8.2.2.2. Garantizar la precisión en el ensayo de 60 segundos y generar un acta inalterable son requisitos indispensables para que la prueba sea incontrovertible.

Utilizar equipos homologados, adaptados estrictamente a la EN 17128:2020 y libres de mecanismos que interfieran en el ensayo, es la única vía para que la labor de inspección administrativa se traduzca en actuaciones verdaderamente rigurosas, objetivas y legalmente sólidas.

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