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Tres años y dos meses de prisión por insultar y agredir a una agente de la Policía Local en Logroño

PL-Logrono
Legislación y Tribunales
La Audiencia Provincial de Logroño ha confirmado la condena impuesta por el Juzgado de lo Penal número 2 a un hombre que insultó y trató de agredir a una agente de la Policía Local. La pena definitiva es de tres años y dos meses de prisión por un delito de atentado contra la autoridad.

Los hechos ocurrieron cuando desde la Cocina Económica de Logroño se solicitó la intervención policial ante el comportamiento violento de uno de los usuarios. Al llegar los agentes de la Policía Local y Nacional, el acusado comenzó a increpar a una de las agentes con insultos como “serpiente asquerosa”, “traidora” y “puta”.

Durante el traslado a Comisaría, el hombre amenazó de muerte a la agente y le advirtió de que “si la pillaba sola, no sabía lo que le esperaba”. En ese momento, los policías trataron de calmarle y le pidieron que se introdujera en el coche patrulla, pero el acusado comenzó a golpear la puerta con las piernas, desplazando a la agente y lanzándose hacia ella. Sus compañeros lograron reducirle y volver a introducirlo en el vehículo.

Una vez dentro, el detenido continuó golpeando el interior con un objeto contundente. Al abrir la puerta, los agentes descubrieron que sostenía una botella de cristal en actitud de ataque, la cual había ocultado durante el cacheo inicial. Ante el riesgo que suponía, fue finalmente reducido en el suelo y engrilletado.

La defensa solicitó su absolución o, en su defecto, que los hechos se calificaran como un delito de desobediencia, pero la Audiencia rechazó el argumento. En su resolución, el tribunal destaca que el acusado actuó con violencia e intimidación grave contra una agente en el ejercicio de sus funciones, lo que cumple los requisitos del delito de atentado contra la autoridad.

La sentencia subraya que el procesado era plenamente consciente de que se dirigía contra una agente de la autoridad y que su conducta supuso “un auténtico acto de acometimiento violento”, debidamente acreditado. Por ello, se desestima el recurso presentado por la defensa y se confirma íntegramente la pena impuesta por el Juzgado de lo Penal.

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