La Generalitat Valenciana ha anulado la distinción concedida a un agente de la Policía Local de Algemesí después de constatar que no intervino en el parto domiciliario por el que había sido reconocido oficialmente. La decisión cuenta con el respaldo del Consell Jurídic Consultiu (CJC), que avala la revisión de oficio iniciada por la Conselleria de Emergencias e Interior tras detectarse discrepancias entre el relato reflejado en el informe policial y los hechos realmente ocurridos.
Los acontecimientos se remontan al 14 de junio de 2022, cuando dos agentes acudieron a una vivienda de Algemesí tras recibir un aviso relacionado con una mujer que estaba a punto de dar a luz. El informe elaborado posteriormente señalaba que los policías habían colaborado en la asistencia al parto junto a los servicios sanitarios.
A partir de ese relato, el Ayuntamiento solicitó para ambos agentes una distinción al mérito policial. Aunque la petición principal fue rechazada, uno de los policías recibió posteriormente una felicitación pública individual por su actuación.
Sin embargo, la versión ofrecida por los padres de la recién nacida modificó por completo la interpretación de los hechos. Según explicaron al jefe de la Policía Local, el nacimiento ya se había producido cuando los agentes llegaron al domicilio y fue el propio padre quien asistió a la madre durante el alumbramiento.
Los progenitores aseguraron que los policías prestaron apoyo una vez nacida la bebé y permanecieron en el lugar hasta la llegada de los servicios sanitarios, pero que no participaron directamente en el parto. Además, aportaron fotografías y grabaciones realizadas durante aquellos momentos.
La documentación analizada por el Consell Jurídic Consultiu concluye que no existen evidencias de una intervención directa de los agentes durante el nacimiento y que estos llegaron varios minutos después de que se produjera el alumbramiento.
Tras conocer estos hechos, el Ayuntamiento de Algemesí solicitó la revocación de la felicitación pública concedida al agente. La administración autonómica abrió entonces un procedimiento de revisión y ofreció al interesado la posibilidad de presentar alegaciones, aunque finalmente no consta que ejerciera ese derecho.
Con el dictamen favorable del CJC, la Generalitat ha acordado dejar sin efecto la condecoración al considerar que el reconocimiento se otorgó sobre unos hechos que no se correspondían con la actuación realmente desarrollada.















