El Congreso de los Diputados aprobó el pasado jueves 14 de noviembre la agilización de los juicios para casos de ocupación ilegal de viviendas mediante la Ley de Eficiencia Judicial. Esta norma contempla que los delitos de allanamiento de morada y usurpación de vivienda se tramiten bajo el procedimiento de juicios rápidos, permitiendo que estos se celebren en un plazo estimado de 15 días.
Con la modificación del artículo 795 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, los casos de ocupación ilegal se suman a la lista de delitos menos graves susceptibles de ser procesados por la vía rápida, que hasta ahora incluía delitos como hurtos y robos.
Así, la nueva Ley permite acelerar el proceso judicial en situaciones de okupación. Una vez detenido el infractor, el juez deberá citar al acusado en un plazo máximo de 72 horas, mientras la policía judicial elabora los informes pertinentes. Tras finalizar las diligencias, las partes y la Fiscalía decidirán si procede avanzar con el juicio oral. De ser así, el proceso deberá concluir en 15 días, incluyendo la sentencia dentro de los tres días siguientes a la celebración del juicio.